S/113 al mes. Eso es lo que la ley obliga a tu empleador a pagarte si tienes hijos en edad de cobrar la asignación familiar. Es un derecho que lleva décadas vigente, y aun así miles de trabajadores con hijos en planilla no lo cobran porque simplemente nunca lo solicitaron a RRHH. Si eres uno de ellos, este artículo te explica qué hacer y desde cuándo puedes reclamar lo que no cobraste.
Quiénes tienen derecho a la asignación familiar
La asignación familiar aplica para los trabajadores del régimen laboral privado que estén en planilla y tengan:
- Hijos menores de 18 años, ya sean biológicos, adoptivos o reconocidos legalmente
- Hijos entre 18 y 24 años que estén cursando estudios en universidad, instituto superior u otro centro de educación superior de forma regular
- Hijos con discapacidad, sin límite de edad, siempre que la discapacidad esté acreditada con el certificado correspondiente
El monto en 2026 es S/113.00 mensuales, equivalente al 10% de la Remuneración Mínima Vital vigente (S/1,130). Si en el futuro sube la RMV, la asignación sube automáticamente en la misma proporción.
Este beneficio está regulado por la Ley N° 25129 y su reglamento el Decreto Supremo N° 035-90-TR. No depende del sueldo del trabajador: ya ganes S/1,130 o S/8,000, la asignación es siempre S/113.
Cómo solicitar la asignación si aún no la cobras
El proceso es simple pero requiere que tú lo inicies. La empresa no tiene obligación de rastrear si tienes hijos; debes notificarlo tú:
- Consigue la partida de nacimiento (o el acta de adopción) del hijo o hijos
- Preséntala al área de Recursos Humanos o planillas por escrito, dejando un cargo de recepción
- La asignación debe reflejarse en la siguiente boleta de pago
Si tu hijo ya cumplió los 18 años pero sigue estudiando, debes presentar la constancia de estudios vigente cada semestre o año. Sin esa constancia, la empresa puede suspender el pago. No esperes a que te lo corten: anticipa la renovación.
Ojo: si llevas años en la empresa con hijos y nunca solicitaste la asignación, tienes derecho a reclamar lo no pagado con hasta 4 años de retroactividad. Ese monto puede ser considerable: S/113 × 12 meses × 4 años = S/5,424 que podrías haber perdido.
Si los dos padres trabajan en planilla, ¿quién la cobra?
Los dos. Eso es lo que establece el Decreto Supremo N° 035-90-TR: la asignación familiar no es un beneficio exclusivo de uno de los progenitores. Si tú y tu pareja están ambos en planilla en empresas distintas, cada empresa paga su propia asignación a cada uno.
Ejemplo concreto: si los dos trabajan en planilla y tienen dos hijos menores de 18 años, cada uno cobra S/113 en su empresa respectiva. Entre los dos suman S/226 adicionales al mes por ese mismo concepto. Muchas familias desconocen esto y dejan de reclamar uno de los dos montos.
Cuánto impacta la asignación en tu sueldo neto y en tu CTS
La asignación familiar sí está afecta a los descuentos de AFP u ONP, porque forma parte de tu remuneración bruta. Con AFP Habitat:
- Asignación bruta: S/113.00
- Descuento AFP total (12.84% = 10% + 1.47% + 1.37%): S/14.51
- Neto adicional en mano: S/98.49 al mes
Pero el impacto va más allá de la boleta mensual. La asignación familiar forma parte de la remuneración computable para calcular CTS y gratificaciones. Eso significa que si cobras asignación, tu CTS y tus gratificaciones también son mayores.
Con sueldo de S/1,130 más asignación familiar (S/1,243 computable):
- CTS semestral sin asignación: aprox. S/659
- CTS semestral con asignación: aprox. S/725
- Diferencia: S/66 más por depósito, es decir S/132 al año solo en CTS
Situaciones frecuentes que generan dudas
¿Qué pasa si el hijo vive en otro país? Sigue aplicando, siempre que esté registrado como tu hijo en RENIEC y, si tiene 18 años o más, que estudie en una institución educativa reconocida. Tendrás que presentar la constancia de estudios traducida si está en otro idioma.
¿Qué pasa si el hijo empieza a trabajar? Si tu hijo mayor de 18 años se incorpora al mercado laboral formalmente, perderás el derecho a la asignación por ese hijo. La condición es que esté estudiando, no trabajando.
¿Qué pasa si me despiden y no me pagaron la asignación? La asignación impaga forma parte de los beneficios laborales que puedes reclamar. Tienes el plazo de 4 años para demandar, ya sea a través de SUNAFIL o del juzgado laboral.
Preguntas frecuentes
¿La asignación familiar se paga durante las vacaciones?
Sí. Durante el descanso vacacional recibes tu remuneración habitual completa, que incluye la asignación familiar. No se descuenta ni se suspende mientras estás de vacaciones.
¿La asignación entra en el cálculo de la gratificación?
Sí. La gratificación se calcula sobre la útima remuneración ordinaria, que incluye el básico más la asignación familiar. Si ganas S/1,130 + S/113, tu gratificación de julio será S/1,243, no S/1,130.
¿Los practicantes tienen asignación familiar?
No. Los practicantes pre-profesionales y profesionales no están bajo el régimen laboral común, así que la asignación familiar no les aplica. Solo aplica a trabajadores con contrato laboral formal en planilla.
¿El monto cambia si tengo varios hijos?
No. La asignación familiar es un monto fijo por trabajador, no por hijo. Tengas uno, dos o cinco hijos que cumplan los requisitos, siempre cobras S/113. No se multiplica por el número de hijos.
Para ver el panorama completo de lo que deberías cobrar mes a mes como trabajador, incluyendo sueldo mínimo, CTS y gratificaciones, visita la sección de derechos laborales en Perú.
