CTS 2026: Qué Es, Cómo se Calcula y Cuándo se Deposita

Llega mayo y aparece un depósito en tu cuenta del banco. Es la CTS. Muchos trabajadores lo cobran sin entender bien de dónde sale, cómo se calcula ni si les depositaron lo correcto. En sencillo: la Compensación por Tiempo de Servicios es un ahorro que tu empleador deposita dos veces al año para que tengas un respaldo económico cuando dejes de trabajar.

Cómo funciona la CTS paso a paso

Tu empleador deposita el equivalente a medio sueldo dos veces al año: en mayo y en noviembre. Al sumar los dos depósitos del año, acumulas el equivalente a un sueldo mensual completo. No es un bono ni un regalo: es un derecho que te ganas mes a mes mientras estás en planilla.

El banco lo eliges tú, no la empresa. Tienes derecho a indicar en qué entidad financiera quieres el depósito, y puedes cambiarlo con previo aviso por escrito a tu empleador. No dejes que RRHH decida por ti dónde va ese dinero.

Este beneficio está regulado por el Decreto Legislativo N° 650 y sus modificatorias. Solo aplica para trabajadores del régimen laboral privado que hayan trabajado al menos un mes completo en el periodo a liquidar.

¿Cuánto te corresponde? Fórmula oficial

La fórmula es:

(Remuneración computable + 1/6 de la gratificación) ÷ 12 × meses trabajados en el periodo

La remuneración computable incluye el sueldo básico más la asignación familiar (si aplica) más cualquier bonificación permanente y de libre disposición. Las horas extra y los demás pagos variables también entran si los cobraste con regularidad, es decir, al menos en tres meses del semestre: se promedian. Lo que no entra es el refrigerio que no sea alimentación principal ni los demás conceptos que la ley de CTS excluye.

El «1/6 de la gratificación» aparece porque cada gratificación (julio y diciembre) equivale a un sueldo mensual completo. Al dividir entre 6, obtienes lo que te toca de forma proporcional por cada mes del periodo semestral.

Ejemplo con cifras reales: el depósito de noviembre con sueldo mínimo

Supongamos que ganas el sueldo mínimo y no tienes asignación familiar. Para el depósito de noviembre de 2026 cuenta la remuneración vigente a fines de octubre, que ya es la nueva RMV de S/1,230 (D.S. N° 015-2026-TR), pero el sexto de gratificación sale de la de julio, que se pagó con la RMV anterior: S/1,130.

  • Remuneración computable: S/1,230
  • 1/6 de la gratificación de julio: S/1,130 ÷ 6 = S/188.33
  • Base de cálculo: S/1,230 + S/188.33 = S/1,418.33
  • Divide entre 12 y multiplica por 6 meses: S/1,418.33 ÷ 12 × 6 = S/709.17

Eso es lo que debería aparecer en tu cuenta en noviembre de 2026. En mayo de 2027 ya serán S/1,230 + S/205 (un sexto de la gratificación de diciembre) = S/1,435, o sea S/717.50, salvo que antes de abril salga el segundo tramo de la RMV. Si ganas más, el monto sube proporcionalmente. Si llevabas menos de 6 meses en el periodo, se calcula solo por los meses efectivamente trabajados. Para más casos y combinaciones, consulta la guía de cómo calcular tu CTS paso a paso.

Fechas de depósito: mayo y noviembre

El depósito de mayo cubre el periodo del 1 de noviembre al 30 de abril. Debe estar en tu cuenta a más tardar el 15 de mayo. El depósito de noviembre cubre del 1 de mayo al 31 de octubre, y el plazo vence el 15 de noviembre.

Si ingresaste a trabajar en mitad del periodo, te pagan proporcional. Por ejemplo, si entraste el 1 de marzo y el corte es en abril, te corresponden exactamente 2 meses de CTS en el depósito de mayo.

¿Puedo retirar mi CTS en 2026?

Sí. La Ley N° 32322 autoriza el retiro del 100% del saldo disponible de tu CTS hasta el 31 de diciembre de 2026. No necesitas justificar el uso ni pedirle permiso a tu empleador. Ojo con dos detalles. Uno: la norma la presenta como una autorización «por única vez» y temporal sobre lo que tengas acumulado a la fecha en que dispongas; si piensas sacar solo una parte ahora y otra después, confirma antes con tu banco cómo lo aplica. Dos: a partir de 2027 la ventana se cierra: se vuelve a los retiros parciales, con un tope del 50% del depósito y sus intereses. La excepción permanente es para quien tiene diagnóstico de cáncer o de enfermedad terminal acreditado ante el empleador: puede retirar el 100% en cualquier momento. El trámite es directo con el banco: ingresa a la app o a la agencia, solicita el retiro y listo. Algunos bancos lo procesan de inmediato, otros en un día hábil. Tenemos una guía específica sobre el retiro de CTS en 2026 con el paso a paso por entidad financiera. Si quieres verificar que te depositaron el monto correcto, usa nuestra guía para calcular la CTS con fórmula y ejemplos.

Ojo con algo que vale considerar: la CTS es tu colchón cuando te quedas sin trabajo. Si la retiras ahora y luego te despiden, no tendrás ese respaldo. Cada uno evalúa según su situación. Para deudas urgentes puede tener sentido; para gastos de consumo, piénsalo dos veces.

Situaciones que generan problemas: qué pasa si no te depositan

Si el 15 de mayo pasó y no ves el depósito, lo primero es consultar con RRHH. A veces es un error de fecha de valor bancario que se resuelve en un día. Si la empresa reconoce que no lo depositó, exige la transferencia inmediata más los intereses legales correspondientes.

¿Qué pasa si la empresa está en problemas financieros? La CTS tiene carácter de crédito laboral preferente. En un proceso de quiebra, los adeudos laborales (incluyendo CTS pendiente) tienen prioridad frente a las deudas con proveedores o con el banco.

Si renuncias y ves que no te depositaron períodos anteriores: tienes 4 años para reclamar la deuda, contados desde el día siguiente al cese y no desde la fecha en que debió hacerse cada depósito (Ley N° 27321). Mientras sigas en la empresa, ese plazo ni siquiera corre. La denuncia ante SUNAFIL se presenta en línea desde su ficha en gob.pe/9972.

Trabajadores que no tienen derecho a CTS

No todos los trabajadores tienen este beneficio. Quedan fuera del sistema de CTS:

  • Trabajadores a tiempo parcial que laboran menos de 4 horas diarias
  • Practicantes pre-profesionales (solo tienen subvención económica)
  • Independientes o locadores de servicios que facturan por honorarios
  • Trabajadores del régimen público (tienen un sistema distinto)
  • Trabajadores de una microempresa inscrita en el REMYPE; en la pequeña empresa sí hay CTS, pero equivale a la mitad: 15 remuneraciones diarias por año

Preguntas frecuentes sobre CTS

¿La CTS paga AFP o renta?

No. La CTS está inafecta al impuesto a la renta y a las aportaciones a AFP u ONP. El monto que deposita tu empleador llega íntegro a tu cuenta, sin descuentos de ninguna índole.

¿Cuántas cuentas CTS puedo tener?

Una por empleador. Si trabajas en dos empresas en planilla simultáneamente, puedes tener dos cuentas CTS distintas, una por cada empleador que te deposita.

¿Puedo poner mi CTS en dólares?

Sí, la ley te deja elegir la moneda del depósito si el banco ofrece la cuenta en dólares. Si ganas en soles, piensa que cada depósito pasará por un tipo de cambio que puede jugar a tu favor o en tu contra, y que cuando retires el dinero para gastarlo en soles vuelves a cambiar.

¿Qué pasa con la CTS si me despiden?

Al terminar la relación laboral, sea por despido o por renuncia, la empresa debe depositar la CTS proporcional al tiempo trabajado en el periodo que no se había liquidado aún, dentro de las 48 horas siguientes al cese. Ese monto se suma a lo que ya tienes acumulado en tu cuenta CTS.


Si quieres entender el proceso paso a paso para retirar tu saldo este año, revisa la guía de retiro de CTS 2026 donde está detallado por banco y con los formularios necesarios.

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