Asignación Familiar Perú 2026: Monto y Quiénes la Reciben

S/123 al mes desde octubre de 2026. Eso es lo que la ley obliga a tu empleador a pagarte si tienes hijos en edad de cobrar la asignación familiar. Es un derecho que lleva décadas vigente, y aun así miles de trabajadores con hijos en planilla no lo cobran porque simplemente nunca lo solicitaron a RRHH. Si eres uno de ellos, este artículo te explica qué hacer y desde cuándo puedes reclamar lo que no cobraste.

¿Subió la asignación? S/123 ya, S/130 más adelante

Ojo con esto, porque circula bastante confusión. El Decreto Supremo N° 015-2026-TR, publicado en El Peruano el 28 de setiembre de 2026, subió la RMV de S/1,130 a S/1,230 desde el 1 de octubre de 2026, así que la asignación familiar pasó de S/113 a S/123. En julio de 2026 el Gobierno había anunciado subir la RMV a S/1,300 y el Pleno del Consejo Nacional de Trabajo respaldó ese monto, y el decreto lo aplicó en dos tramos: los S/100 que ya rigen y otros S/70 que se fijarán con un nuevo decreto en el primer semestre de 2027. Cuando ese segundo decreto salga, la asignación pasará a S/130. En los dos casos el cambio es automático: no tienes que hacer ningún trámite, y si tu boleta de octubre todavía dice S/113, la empresa te debe la diferencia.

Quiénes tienen derecho a la asignación familiar

La asignación familiar aplica para los trabajadores del régimen laboral privado que estén en planilla y tengan:

  • Hijos menores de 18 años, ya sean biológicos, adoptivos o reconocidos legalmente
  • Hijos entre 18 y 24 años que estén cursando estudios en universidad, instituto superior u otro centro de educación superior de forma regular
  • Hijos con discapacidad, sin límite de edad, siempre que la discapacidad esté acreditada con el certificado correspondiente

Desde el 1 de octubre de 2026 el monto es S/123.00 mensuales, equivalente al 10% del sueldo mínimo vigente (S/1,230); hasta setiembre fueron S/113. Si en el futuro sube la RMV, la asignación sube automáticamente en la misma proporción.

Este beneficio está regulado por la Ley N° 25129 y su reglamento el Decreto Supremo N° 035-90-TR. No depende del sueldo del trabajador: ya ganes S/1,230 o S/8,000, la asignación es siempre S/123.

Cómo solicitar la asignación si aún no la cobras

El proceso es simple pero requiere que tú lo inicies. La empresa no tiene obligación de rastrear si tienes hijos; debes notificarlo tú:

  • Consigue la partida de nacimiento (o el acta de adopción) del hijo o hijos
  • Preséntala al área de Recursos Humanos o planillas por escrito, dejando un cargo de recepción
  • La asignación debe reflejarse en la siguiente boleta de pago

Si tu hijo ya cumplió los 18 años pero sigue estudiando, debes presentar la constancia de estudios vigente cada semestre o año. Sin esa constancia, la empresa puede suspender el pago. No esperes a que te lo corten: anticipa la renovación.

Ojo: si llevas años en la empresa con hijos y nunca solicitaste la asignación, tienes derecho a reclamar lo no pagado, y probablemente de más atrás de lo que crees. El plazo de prescripción de la Ley N° 27321 es de 4 años pero corre desde que termina el vínculo laboral, así que mientras sigas en la empresa no ha empezado a contar. Ese monto puede ser considerable: con el monto actual son S/123 × 12 = S/1,476 por cada año sin cobrar (los meses anteriores a octubre de 2026 se calculan con los S/113 de entonces).

Si los dos padres trabajan en planilla, ¿quién la cobra?

Los dos. Eso es lo que establece el Decreto Supremo N° 035-90-TR: la asignación familiar no es un beneficio exclusivo de uno de los progenitores. Si tú y tu pareja están ambos en planilla en empresas distintas, cada empresa paga su propia asignación a cada uno.

Ejemplo concreto: si los dos trabajan en planilla y tienen dos hijos menores de 18 años, cada uno cobra S/123 en su empresa respectiva. Entre los dos suman S/246 adicionales al mes por ese mismo concepto. Muchas familias desconocen esto y dejan de reclamar uno de los dos montos.

Cuánto impacta la asignación en tu sueldo neto y en tu CTS

La asignación familiar sí está afecta a los descuentos de AFP u ONP, porque forma parte de tu remuneración bruta. Con AFP Habitat:

  • Asignación bruta: S/123.00
  • Descuento AFP total (12.84% = 10% + 1.47% + 1.37%): S/15.79
  • Neto adicional en mano: S/107.21 al mes

Pero el impacto va más allá de la boleta mensual. La asignación familiar forma parte de la remuneración computable para calcular CTS y gratificaciones. Eso significa que si cobras asignación, tu CTS y tus gratificaciones también son mayores. Para ver los cálculos exactos, revisa la guía de cómo calcular la CTS.

Con sueldo de S/1,230 más asignación familiar (S/1,353 computable):

  • CTS semestral sin asignación: aprox. S/717.50
  • CTS semestral con asignación: aprox. S/789.25
  • Diferencia: S/71.75 más por depósito, es decir S/143.50 al año solo en CTS

Situaciones frecuentes que generan dudas

¿Qué pasa si el hijo vive en otro país? Sigue aplicando, siempre que esté registrado como tu hijo en RENIEC y, si tiene 18 años o más, que estudie en una institución educativa reconocida. Tendrás que presentar la constancia de estudios traducida si está en otro idioma.

¿Qué pasa si el hijo empieza a trabajar? No pierdes nada por eso. La Ley N° 25129 condiciona el beneficio a que el hijo mayor de 18 años esté cursando estudios superiores, y no exige que esté desempleado. Si tu hijo estudia y además trabaja, sigues cobrando la asignación mientras puedas acreditar la matrícula o los recibos de pensión. Lo que sí corta el derecho es que deje los estudios, o que pase de los 24 años: el tope son seis años después de la mayoría de edad.

¿Qué pasa si me despiden y no me pagaron la asignación? La asignación impaga forma parte de los beneficios laborales que puedes reclamar, y debe incluirse en tu liquidación de beneficios sociales. Tienes 4 años desde el cese para demandar, ya sea denunciando ante SUNAFIL o acudiendo al juzgado laboral.

Preguntas frecuentes

¿La asignación familiar se paga durante las vacaciones?

Sí. Durante el descanso vacacional recibes tu remuneración habitual completa, que incluye la asignación familiar. No se descuenta ni se suspende mientras estás de vacaciones.

¿La asignación entra en el cálculo de la gratificación?

Sí. La gratificación de Fiestas Patrias y de Navidad se calculan sobre la última remuneración ordinaria, que incluye el básico más la asignación familiar. Si ganas S/1,230 + S/123, tu gratificación será S/1,353, no S/1,230.

¿Los practicantes tienen asignación familiar?

No. Los practicantes pre-profesionales y profesionales no están bajo el régimen laboral común, así que la asignación familiar no les aplica. Solo aplica a trabajadores con contrato laboral formal en planilla.

¿El monto cambia si tengo varios hijos?

No. La asignación familiar es un monto fijo por trabajador, no por hijo. Tengas uno, dos o cinco hijos que cumplan los requisitos, siempre cobras S/123. No se multiplica por el número de hijos.


Para ver el panorama completo de lo que deberías cobrar mes a mes como trabajador, incluyendo sueldo mínimo, CTS y gratificaciones, visita la sección de derechos laborales en Perú.

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