Regímenes Tributarios SUNAT 2026: Comparador para Elegir el Mejor

¿Estás empezando un negocio y no sabes en qué régimen tributario inscribirte? La elección equivocada puede costarte más impuestos de los que te corresponden, o impedirte emitir facturas cuando un cliente te las pida. En Perú existen cuatro regímenes tributarios para negocios, cada uno diseñado para un perfil distinto. La clave no es elegir el más barato en el corto plazo, sino el que mejor se adapta a tu tipo de operación, tus clientes y tu potencial de crecimiento. Esta guía compara los cuatro con números reales de 2026.

Tabla comparativa rápida: los cuatro regímenes de un vistazo

CriterioNRUSRERMYPE TributarioRégimen General
Límite de ingresos anualesS/96,000S/525,0001,700 UIT (S/9,350,000)Sin límite
¿Puede emitir facturas?No (solo boletas)
Pago mensualCuota fija S/20 o S/501.5% de ingresos netos1% hasta 300 UIT acumuladas, luego 1.5%1.5% de ingresos netos
Impuesto anualNo hay declaración anualNo hay declaración anual10% hasta 15 UIT; 29.5% exceso29.5% sobre utilidades
Libros contablesNo obligatorioRegistro ventas y comprasSegún ingresos (simplificado o completo)Contabilidad completa
¿Actividades de manufactura?NoSí (con límites)

NRUS (Nuevo Régimen Único Simplificado): el más simple

El NRUS es para los negocios más pequeños que venden directamente al consumidor final (bodegas, puesto de mercado, peluquería, etc.). Su gran ventaja es la simplicidad extrema: pagas una cuota fija mensual y no tienes que llevar libros ni declarar el IGV por separado.

  • Categoría 1: ingresos mensuales hasta S/5,000 → cuota mensual S/20
  • Categoría 2: ingresos mensuales entre S/5,001 y S/8,000 → cuota mensual S/50

El problema del NRUS: no puedes emitir facturas. Todos tus clientes reciberán boletas, lo que significa que ningún negocio con RUC puede deducir el IGV de sus compras contigo. Si tus clientes son empresas, el NRUS te cierra la puerta.

Además, si en algún mes superas S/8,000 de ingresos, debes cambiarte automáticamente de régimen. El límite anual es S/96,000.

RER (Régimen Especial de Renta): el intermedio olvidado

El RER permite emitir facturas y tiene menos obligaciones contables que los regímenes superiores. Pagas el 1.5% de tus ingresos netos mensuales como pago definitivo (no hay declaración anual de renta).

El problema del RER: pagas sobre ingresos, no sobre utilidades. Si tuviste un mes con muchas ventas pero también muchos gastos (y ganancias bajas), igual pagas el 1.5% del total facturado. Eso puede ser injusto en negocios con márgenes estrechos.

También tiene restricciones de actividades: no pueden estar en el RER quienes realizan contratos de construcción, prestan servicios de transporte terrestre internacional de carga o pasajeros, casinos, tragamonedas, y otras actividades listadas en la norma.

Régimen MYPE Tributario (RMT): el mejor equilibrio para la mayoría

El RMT fue creado específicamente para micro y pequeñas empresas con ingresos de hasta 1,700 UIT (S/9,350,000 en 2026). Es el régimen que más contrataores y asesores tributarios recomiendan para negocios en crecimiento porque:

  • Pagas sobre utilidades reales, no sobre ingresos: si tuviste un mes con altas ventas pero también altos costos, el impuesto refleja lo que realmente ganó el negocio
  • Tasa reducida al inicio: 10% sobre los primeros 15 UIT de utilidad neta anual (S/82,500 en 2026). Si tu negocio gana poco, pagas mucho menos que en RG
  • Puedes emitir todos los tipos de comprobantes: facturas, boletas, notas, guías
  • Pago a cuenta mensual más bajo al inicio: 1% de los ingresos netos hasta acumular 300 UIT en el año, luego 1.5%

Lo que no es gratis: sí tienes obligación de llevar libros contables y presentar declaración anual. Pero para un negocio serio que quiere crecer y acceder a créditos bancarios, esa contabilidad es una necesidad de todas formas.

Régimen General (RG): para negocios grandes o con alta facturación

El Régimen General no tiene límite de ingresos y permite todas las actividades económicas. Es obligatorio si superas el límite del RMT (1,700 UIT).

La tasa del impuesto anual es del 29.5% sobre las utilidades netas, igual que la parte superior del RMT. La diferencia es que en el RMT los primeros S/82,500 de utilidad pagan solo el 10%, mientras que en RG pagan el 29.5% desde el primer sol de utilidad.

Si tu negocio tiene utilidades bajas, el RG te cuesta más que el RMT. Por eso, mantenerse en el RMT mientras puedas es la estrategia óptima para la mayoría de MYPE.

Guía rápida: ¿cuál te conviene según tu situación?

  • Vendes solo a personas naturales (no empresas) y facturas menos de S/96,000 al año → NRUS es viable si quieres máxima simplicidad
  • Necesitas emitir facturas pero no quieres complejidad contable → RER, si tu actividad está permitida y tienes márgenes cómodos
  • Tienes un negocio en crecimiento, necesitas facturas y quieres pagar justo sobre lo que ganasRMT es tu mejor opción en casi todos los casos
  • Facturas más de S/9,350,000 al año o necesitas todas las ventajas del régimen completo → Régimen General

Cómo cambiarse de régimen

Puedes cambiarte de régimen tributario en el portal SUNAT SOL con tu Clave SOL. Los cambios pueden hacerse:

  • Al inicio del año: durante enero de cada año, cualquier contribuyente puede cambiar de régimen con efecto desde el primer día del año
  • Durante el año: si superas los límites del régimen en el que estás, debes cambiarte obligatoriamente desde el mes siguiente al que superaste el límite
  • Al incorporarte por primera vez: cuando sacas el RUC eliges el régimen inicial

Una vez en tu régimen, para cada pago necesitarás los códigos de tributo SUNAT correspondientes. Si mueves mercancía, también tendrás que emitir una guía de remisión electrónica. Y si pagaste de más durante el año, puedes solicitar la devolución de impuestos ante SUNAT.

Preguntas frecuentes

¿Puedo estar en NRUS si también emito recibos por honorarios?

No. Los recibos por honorarios corresponden a cuarta categoría (persona natural independiente), no a un régimen de negocio. Si eres profesional independiente que emite honorarios, no estás en ningún régimen empresarial: declaras directamente como persona natural con rentas de cuarta categoría.

Estoy en NRUS pero un cliente me pide factura. ¿Qué hago?

No puedes darle factura siendo NRUS. Tienes dos opciones: cambiate al RMT (o RER) antes de emitir la factura, lo que implica actualizar tu régimen en SUNAT, o explica al cliente que solo puedes dar boleta y negocia si lo acepta.


Para el detalle de cada régimen por separado, visita las guías de Nuevo RUS, MYPE Tributario y Régimen General.

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