Si tienes o estás por abrir un negocio en Perú, el Régimen MYPE Tributario (RMT) es en la mayoría de casos la mejor opción: pagas solo el 1% de tus ventas netas al mes mientras creces, emites todo tipo de comprobantes (facturas y boletas), y el impuesto anual sobre las primeras utilidades es del 10%. Fue creado específicamente para promover la formalización de micro y pequeñas empresas.
¿Quién puede estar en el RMT?
El Régimen MYPE Tributario (creado por el Decreto Legislativo N° 1269) está dirigido a personas naturales o jurídicas que generan renta de tercera categoría (negocios) y cuyos ingresos netos anuales no superen 1,700 UIT (S/9,095,000 con UIT S/5,350).
No pueden acogerse al RMT:
- Sucursales o agencias de empresas constituidas en el exterior.
- Empresas con vinculación económica directa o indirecta cuyos ingresos combinados superen las 1,700 UIT.
- Contribuyentes que superen las 1,700 UIT en el ejercicio en curso (pasan automáticamente al Régimen General).
Tasas de impuesto: mensual y anual
El RMT tiene un sistema de tasas diferenciadas según el nivel de ingresos:
| Pago mensual a cuenta | Aplica cuando |
|---|---|
| 1% de los ingresos netos mensuales | Ingresos acumulados en el año ≤ 300 UIT (S/1,605,000) |
| Coeficiente o 1.5% (el mayor) | Ingresos acumulados en el año > 300 UIT |
| Impuesto anual (sobre la utilidad) | Tasa |
|---|---|
| Hasta 15 UIT de utilidad neta (S/80,250) | 10% |
| Más de 15 UIT de utilidad neta | 29.5% |
El pago mensual es a cuenta del impuesto anual: al cierre del ejercicio, calculas el impuesto real sobre tu utilidad neta y descuentas lo que pagaste mensualmente. Si pagaste de más, SUNAT te devuelve; si pagaste de menos, pagas la diferencia.
Ejemplo real: cuánto paga una tienda pequeña en el RMT
Tienda de ropa en Gamarra con ventas mensuales de S/15,000 y costos/gastos de S/11,000. Utilidad mensual: S/4,000.
- Pago mensual a cuenta: S/15,000 × 1% = S/150
- Utilidad anual estimada: S/4,000 × 12 = S/48,000
- Impuesto anual: S/48,000 × 10% (está dentro del primer tramo de 15 UIT = S/80,250) = S/4,800
- Pagos mensuales acumulados: S/150 × 12 = S/1,800
- Diferencia a pagar en la declaración anual: S/4,800 − S/1,800 = S/3,000
En el Nuevo RUS (cuota fija), la misma tienda pagaría S/50/mes por ventas hasta S/8,000 o S/200/mes si supera ese límite (y con límites de venta). En el RMT paga más, pero puede emitir facturas y sustentar gastos reales.
Ventajas del RMT sobre los otros regímenes
- Emites todos los comprobantes: facturas, boletas, notas de crédito, guías de remisión.
- Puedes deducir gastos reales: a diferencia del Nuevo RUS, puedes descontar todos los costos y gastos del negocio para calcular la utilidad.
- Libros contables simplificados: si tus ingresos no superan los 300 UIT, llevas solo Registro de Ventas y Registro de Compras.
- Tasa del 10% en el primer tramo de utilidades: más baja que el 29.5% del Régimen General.
- Sin límite de ventas mientras no superes 1,700 UIT.
Cómo acogerse al RMT
- Si inicias actividades: el acogimiento es automático al presentar la primera declaración mensual dentro del vencimiento del mes de inicio.
- Si estás en Nuevo RUS o Régimen Especial: puedes cambiar al RMT en cualquier mes del año, presentando la declaración jurada del mes en que deseas ingresar al nuevo régimen.
- Si estás en Régimen General: el cambio al RMT solo puede hacerse al inicio del ejercicio (enero).
¿Qué pasa si…?
¿Qué pasa si supero las 1,700 UIT de ingresos en el año? Pasas automáticamente al Régimen General a partir del mes siguiente de superado el límite. No hay penalidad, pero debes adecuar tus libros contables a los requeridos por el Régimen General.
¿Qué pasa si no presento la declaración mensual? Multa por no presentar declaración (hasta 1 UIT) e intereses sobre el impuesto no pagado. En el RMT, el 1% mensual de tus ventas es casi siempre un monto pequeño, así que conviene no atrasarse.
Preguntas frecuentes
¿El RMT paga IGV además del impuesto a la renta? Sí. El impuesto al que se refiere el RMT es el Impuesto a la Renta. El IGV (18%) es aparte y se declara mensualmente de forma independiente.
¿Puedo estar en RMT si soy persona natural con negocio unipersonal? Sí. El RMT aplica tanto para personas naturales con negocio como para personas jurídicas (empresas). No es exclusivo para empresas formalmente constituidas.
Para comparar con el Nuevo RUS y el Régimen Especial, en nuestra sección de trámites SUNAT tienes guías específicas para cada régimen tributario disponible en Perú.
