Que una deuda prescriba no significa que desaparece ni que te la perdonan: significa que el acreedor ya no puede ejecutarla judicialmente. Pero el historial negativo en las centrales de riesgo puede seguir visible durante años, y si en algún momento reconoces la deuda (aunque sea mencionarla en una comunicación), el plazo empieza de cero. Entender esto es clave antes de tomar decisiones sobre deudas antiguas.
Plazos de prescripción según el tipo de deuda
- Deudas bancarias generales (préstamos personales, hipotecas): 10 años según el artículo 2001 del Código Civil. El plazo corre desde el último día en que debías pagar y no pagaste.
- Acciones cambiarias (tarjetas de crédito, letras de cambio, pagarés): 3 años conforme a la Ley de Títulos Valores (artículo 96). Aplica a la acción directa del acreedor contra el girador.
- Deudas tributarias con SUNAT: 4 años si declaraste (artículo 43 del Código Tributario), o 6 años si no declaraste. SUNAT tiene ese plazo para fiscalizar y cobrar.
- Multas de tránsito: 4 años según el Reglamento Nacional de Tránsito.
- Deudas laborales: 4 años para demandar beneficios sociales (CTS, gratificaciones, etc.).
Qué significa realmente que una deuda prescriba
La prescripción extingue la acción judicial del acreedor, no la deuda en sí. Esto significa:
- El acreedor ya no puede demandarte ni ejecutar embargo judicial.
- Pero si reconoces la deuda —aunque sea decir «sí, sé que debo»—, el plazo se interrumpe y empieza de cero.
- Si pagas voluntariamente una deuda prescrita, no puedes pedir que te devuelvan lo pagado: se considera un pago válido.
- La deuda puede seguir en el historial de las centrales de riesgo privadas.
La prescripción no borra el historial de riesgo
Un error común: creer que si la deuda prescribe, desapareces de Infocorp. No es así. El reporte de la SBS muestra el historial de los últimos 36 meses de actividad crediticia. Las centrales privadas pueden mantener registros más antiguos.
La prescripción te protege de una demanda judicial, pero no mejora tu calificación de riesgo. Para eso, necesitas pagar la deuda.
Qué interrumpe la prescripción
El plazo de prescripción se interrumpe (y empieza de cero) cuando:
- El deudor reconoce la deuda de forma expresa o tácita.
- El acreedor interpone una demanda judicial.
- El deudor hace un pago parcial (reconocimiento implícito).
- Hay una notificación oficial de cobro que el deudor recibe y no impugna.
Por eso, si tienes una deuda antigua que crees prescrita, no la menciones en ninguna comunicación con el acreedor y no hagas ningún pago parcial. Consulta con un abogado antes de actuar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo alegar la prescripción si el banco me demanda?
Sí, pero debes alegarla activamente ante el juzgado. La prescripción no opera de oficio: el juez no la aplica automáticamente. Si no la alegas en el proceso, el juez puede resolver en tu contra aunque la deuda esté prescrita. Necesitas abogado para esto.
¿Las deudas con el Estado también prescriben?
Sí. Las deudas tributarias con SUNAT tienen plazo de prescripción de 4 años (si declaraste) o 6 años (si no declaraste). Pasado ese plazo, SUNAT no puede cobrar judicialmente. Pero si la deuda ya estaba en cobranza coactiva antes de prescribir, el proceso puede seguir.
Para opciones de pago y negociación, revisa reprogramación de deudas bancarias. Para el conjunto de finanzas personales, visita deudas y finanzas en Perú.
