Quedarte una hora más en la oficina a pedido de tu jefe tiene un precio concreto, y ese precio lo fija la ley. El pago de horas extra no es opcional ni depende de la buena voluntad del empleador: es un derecho reconocido en la legislación laboral peruana, y no pagarlo es una infracción que la SUNAFIL puede fiscalizar en cualquier momento.
Las dos tasas: cuánto vale cada hora extra
La ley establece dos sobretasas según el número de horas que superes la jornada ordinaria:
- Primera y segunda hora extra: mínimo 25% de recargo sobre el valor de la hora ordinaria
- Tercera hora en adelante: mínimo 35% de recargo sobre la hora ordinaria
Estos son mínimos legales. El empleador puede pagar más (en sectores con convenios colectivos es común), pero no puede pagar menos. Si en tu contrato figure un porcentaje mayor, eso también es válido y exigible.
Cómo se calcula el valor de tu hora ordinaria
Antes de calcular la hora extra, necesitas saber cuánto vale tu hora normal. La fórmula es:
Hora ordinaria = Remuneración mensual ÷ 30 días ÷ 8 horas
Con sueldo de S/1,130 al mes:
- S/1,130 ÷ 30 = S/37.67 por día
- S/37.67 ÷ 8 = S/4.71 por hora ordinaria
Aplicando las sobretasas:
- Hora extra 1 y 2: S/4.71 × 1.25 = S/5.89 cada una
- Hora extra 3 y siguientes: S/4.71 × 1.35 = S/6.36 cada una
Si te quedas 3 horas extras en un día: S/5.89 + S/5.89 + S/6.36 = S/18.14 por esas tres horas. Ese monto se suma a tu remuneración del mes y aparece en boleta como concepto separado.
¿Son obligatorias o el trabajador puede negarse?
Las horas extra tienen carácter voluntario. El empleador puede solicitarlas, pero el trabajador tiene derecho a negarse sin que eso sea causal de despido ni de sanción disciplinaria. Esto es algo que muchos no saben y que las empresas no suelen aclarar.
Hay una excepción reconocida: en casos de fuerza mayor o circunstancias impostergables que pongan en riesgo la operación de la empresa (una emergencia técnica, un cierre urgente de auditoría), el empleador puede exigirlas de forma temporal. Pero es la excepción clara, no la norma del día a día.
Compensación con descanso en vez de dinero
La ley permite que, en lugar del pago en efectivo, las horas extra se compensen con descanso equivalente. Pero esto solo puede hacerse si el trabajador da su acuerdo por escrito. Si el empleador lo impone sin tu consentimiento, es un incumplimiento.
El descanso compensatorio debe darse dentro del mes siguiente a las horas laboradas. Si trabajaste 2 horas extra el lunes, puedes salir 2 horas antes cualquier día de ese mes. Pasado el mes sin que se haya compensado, el derecho se convierte automáticamente en pago económico.
Trabajo nocturno: la sobretasa adicional del 35%
Aunque no son estrictamente «horas extra», el horario nocturno tiene su propia protección. Trabajar entre las 10:00 pm y las 6:00 am da derecho a una sobretasa mínima del 35% sobre la remuneración ordinaria mensual.
Si ganas S/1,130 y tu turno es nocturno, tu remuneración mínima debería ser S/1,130 × 1.35 = S/1,525.50. Esta sobretasa aplica a toda la jornada si el turno es nocturno establecido, no solo a las horas que caen de noche.
Qué hacer si no te pagan las horas extra
Primero inténtalo internamente: un correo a RRHH queda registrado y muchas veces es un error de nómina que se corrige sin problema en la siguiente boleta.
Si no hay respuesta favorable, tienes dos vías formales:
- Denuncia en SUNAFIL (app.sunafil.gob.pe): la inspección puede solicitar el registro de asistencia de la empresa y contrastar con las boletas
- Conciliación en el MTPE: paso previo antes del juzgado laboral, gratuito y rápido en muchos casos
Para documentar tu caso: guarda las comunicaciones donde te pidieron quedarte (correos, mensajes de WhatsApp), tus marcaciones de ingreso y salida si tienes acceso, y las boletas que muestren que no aparece el pago. El registro biométrico de la empresa también puede solicitarse en una inspección de la SUNAFIL.
Preguntas frecuentes
¿Hay un límite de horas extra por día o semana?
No hay un límite diario fijo en el régimen laboral general. Para sectores específicos como minería o construcción existen jornadas atípicas reguladas. En el régimen común, el Ministerio de Trabajo puede intervenir si hay un patrón abusivo sistemático.
¿Las horas extra afectan el cálculo de CTS o gratificaciones?
Generalmente no, porque las horas extra no son parte de la remuneración regular. Pero si las percibes de forma constante y regular durante más de 3 meses consecutivos, eventualmente sí pueden incluirse como parte de la remuneración computable para beneficios.
¿Los practicantes tienen derecho al pago de horas extra?
No. Los practicantes pre-profesionales y profesionales no están bajo el régimen laboral común, por lo que las normas de horas extra no les aplican directamente. Si su jornada excede lo pactado, el problema corresponde al convenio de prácticas.
¿Las horas extra se gravan con renta de quinta categoría?
Sí, forman parte de la remuneración del mes y se suman al cálculo anual de ingresos. Si el total anual supera las 7 UIT (S/37,450 en 2026), empiezas a pagar retención de quinta. Para quienes ganan el mínimo, esto rara vez ocurre.
Para el panorama completo de tus beneficios y derechos como trabajador peruano, revisa la guía general de derechos laborales en Perú, donde encontrarás desde el sueldo mínimo hasta la liquidación al salir de un trabajo.
