Un diagnóstico de enfermedad terminal cambia todo. En ese contexto, muchos afiliados a la AFP quieren acceder a su fondo acumulado para costear tratamientos, organizar su patrimonio o simplemente dejar ese dinero disponible para su familia. En 2026 existe el mecanismo legal para hacerlo: los afiliados con diagnóstico de enfermedad terminal pueden acceder al 95.5% de su fondo antes de cumplir los 65 años, sin esperar la edad ordinaria de jubilación.
El fundamento legal
El mecanismo está contemplado en la normativa del Sistema Privado de Pensiones como una causal de acceso anticipado al fondo por condición de invalidez o enfermedad terminal, supervisado por la SBS. En 2026, el Congreso también tiene propuestas en debate para ampliar y facilitar este mecanismo, especialmente para personas con cáncer u otras enfermedades graves.
Requisito principal: el certificado médico de enfermedad terminal
El documento central es el certificado médico que acredita la condición terminal. Este certificado debe:
- Ser emitido por un médico especialista del MINSA, EsSalud, PNP, FFAA o una clínica privada acreditada
- Indicar explícitamente la condición terminal: expectativa de vida menor a 12 meses o una enfermedad que inevitablemente llevará al fallecimiento en el corto plazo
- Incluir el diagnóstico, el nombre del médico, su número de colegiación y el sello del establecimiento
El proceso ante la AFP
- Paso 1: Obtener el certificado médico que acredita la condición terminal de una entidad de salud autorizada
- Paso 2: Presentar el certificado ante tu AFP (en cualquier oficina o, en algunos casos, enviarlo digitalmente). Adjuntar tu DNI y el formulario de solicitud de retiro por enfermedad terminal
- Paso 3: La AFP puede solicitar una segunda opinión médica a través de una entidad calificada. Esto busca verificar que el diagnóstico es real y evitar fraudes
- Paso 4: Si el diagnóstico es confirmado, la AFP procesa el retiro del 95.5% del fondo en un plazo razonable (generalmente 30 días hábiles)
Qué pasa con el 4.5% restante
El 4.5% que no se retira se transfiere a EsSalud para garantizar la cobertura de salud. Esta contribución es la misma que se hace en la jubilación ordinaria y permite mantener el seguro de EsSalud mientras el afiliado lo necesite.
Diferencia con el retiro ordinario a los 65 años
El mecanismo es esencialmente el mismo que el retiro del 95.5% al jubilarse, con la diferencia de que:
- No se requiere tener 65 años
- La causa del retiro es la enfermedad terminal, no la edad
- Se requiere el certificado médico como documentación adicional
- La AFP puede pedir segunda opinión médica
Uso del dinero retirado
A diferencia del retiro del 25% para vivienda (que tiene uso específico), el retiro por enfermedad terminal es de libre disposición. El afiliado puede usarlo para:
- Costear tratamientos, medicamentos o cuidados paliativos
- Organizar su patrimonio o donaciones en vida
- Dejar el dinero disponible para su familia antes de fallecer
- Cualquier otro uso personal o familiar
Propuestas de reforma en 2026
En 2026, el Congreso tiene propuestas para simplificar el acceso al fondo AFP por enfermedad terminal, especialmente para personas con cáncer y otras enfermedades catastróficas. Estas propuestas buscan reducir los tiempos de procesamiento y los requisitos de segunda opinión. Verifica el estado de estas propuestas en el portal del Congreso, ya que pueden modificar el proceso descrito aquí.
Preguntas frecuentes
¿Si me recupero de la enfermedad terminal, tengo que devolver el dinero?
No. Una vez aprobado el retiro y transferido el dinero, no hay obligación de devolver el fondo si la persona se recupera. Sin embargo, al ya no tener fondo en la AFP, tampoco tendrá pensión mensual al jubilarse (a menos que haya vuelto a trabajar y aportado nuevamente).
Para el retiro ordinario del 95.5% al cumplir 65 años, visita retiro 95.5% AFP. Para todas las opciones de retiro, revisa retiro AFP 2026 opciones.
