El Régimen Especial de Renta (RER) ocupa el espacio intermedio entre el Nuevo RUS (muy sencillo pero sin facturas) y el Régimen MYPE Tributario (más completo pero con declaración anual). En el RER pagas el 1.5% de tus ingresos netos del mes como impuesto definitivo —sin declaración anual de renta— y puedes emitir facturas y boletas. Es la opción de quienes quieren simplicidad pero necesitan facturar a empresas.
¿Quién puede estar en el RER?
Pueden acogerse al RER las personas naturales con negocio y personas jurídicas que realizan actividades de comercio, industria o servicios, y cuyos ingresos netos anuales no superen S/525,000.
No pueden estar en el RER los negocios que realicen:
- Actividades de construcción
- Servicios de transporte de carga o pasajeros (cuya capacidad supere ciertos límites)
- Organización de espectáculos públicos
- Casinos, tragámonedas y negocios de apuestas
- Agencias de viaje, publicidad y programas de televisión
- Explotación de recursos naturales (minería, pesquería artesanal a gran escala)
- Negocios cuyo activo fijo supere S/126,000 (excluyendo predios y vehículos)
La tasa del RER: 1.5% definitivo
El impuesto mensual del RER es el 1.5% de los ingresos netos del mes. Este pago es definitivo: no existe declaración anual del Impuesto a la Renta en el RER. Lo que pagas mensualmente es todo lo que pagarás por ese impuesto.
Ejemplo: negocio con ventas netas de S/20,000 en un mes. Impuesto a la renta RER: S/20,000 × 1.5% = S/300.
Ojo: el RER también paga IGV (18%) de forma independiente. El 1.5% es solo el Impuesto a la Renta.
Comparativa RER vs. Régimen MYPE Tributario
| Aspecto | RER | RMT |
|---|---|---|
| Tasa mensual | 1.5% definitivo | 1% (hasta 300 UIT acumuladas) o 1.5% |
| Declaración anual IR | No necesaria | Sí (10% sobre primeras 15 UIT; 29.5% resto) |
| Deduce gastos reales | No | Sí |
| Si tiene pérdidas | Igual paga 1.5% de ventas | Si tiene pérdidas, paga menos o recupera al declarar |
| Límite ingresos | S/525,000/año | 1,700 UIT/año |
| Libros contables | Registro de Ventas y Compras | Ventas, Compras y Libro Diario (hasta 300 UIT) |
La clave: si tu negocio tiene márgenes bajos o a veces pierde dinero, el RMT es mejor porque pagas sobre la utilidad real. Si tu negocio es rentable y quieres simplicidad máxima sin declaración anual, el RER puede convenir.
Obligaciones del RER
- Llevar solo dos libros contables: Registro de Ventas e Ingresos y Registro de Compras. Mucho más simple que el Régimen General.
- Declarar y pagar mensualmente: el 1.5% de IR más el IGV mensual. Fecha de vencimiento según cronograma SUNAT.
- Emitir comprobantes electrónicos: facturas, boletas, notas de crédito y débito.
- No presentar declaración anual de IR (a diferencia del RMT y Régimen General).
Cómo acogerse al RER
- Si inicias actividades: seleccionas el RER al inscribirse al RUC.
- Si estás en Nuevo RUS: puedes cambiar al RER en cualquier mes del año.
- Si estás en RMT o Régimen General: el cambio al RER solo es posible al inicio del ejercicio (enero).
¿Qué pasa si…?
¿Qué pasa si supero S/525,000 de ingresos en el año? Pasas automáticamente al Régimen General (no al RMT) desde el período siguiente. Allí aplicará la tasa del 29.5% sobre la utilidad anual y tendrás que llevar contabilidad completa.
¿Qué pasa si un mes no tengo ventas? Si no tienes ventas ni compras en el mes, puedes presentar la declaración en cero. No pagas Impuesto a la Renta ese mes (1.5% de cero = cero), pero sí debes presentar la declaración igualmente.
Preguntas frecuentes
¿El RER requiere contador? Los dos registros contables (ventas y compras) puedes llevarlos tú mismo si el volumen es pequeño. Sin embargo, para declarar correctamente el IGV y evitar errores, muchos negocios en RER trabajan con un contador part-time o servicio contable externo.
¿Puedo pasar del RER al RMT si me conviene más? El cambio del RER al RMT es posible en cualquier mes del año, presentando la declaración del mes de ingreso al nuevo régimen. El cambio inverso (RMT a RER) solo puede hacerse en enero.
Cómo declarar y pagar en SUNAT Operaciones en Línea
La declaración mensual del RER se hace por internet en SUNAT Operaciones en Línea (SOL), sin ir a ninguna oficina. El plazo vence entre el 10 y el 14 de cada mes según el último dígito de tu RUC. El proceso es directo:
Entras a sunat.gob.pe, accedes a SOL con tu RUC y clave, seleccionas el formulario 621 (Renta de Tercera Categoría + IGV), ingresas el total de tus ventas del mes y el sistema calcula el impuesto automáticamente. Si tus ventas del mes fueron S/5,000, el IGV sería S/763 y la renta S/75. El sistema te muestra el monto exacto antes de que confirmes el pago.
Para pagar, puedes hacerlo directamente desde SOL con tarjeta o cargo a cuenta bancaria, o generar el NPS (Número de Pago SUNAT) y pagar en ventanilla de banco. La mayoría de negocios en RER paga por internet sin salir de casa.
Ojo con las multas: si olvidas declarar dentro del plazo, la multa por no presentar es el 50% de la UIT (S/2,675 con la UIT 2026 de S/5,350) si la SUNAT te detecta, o el 40% si te rectificas antes. Vale la pena ponerse un recordatorio mensual. La mayoría de contadores externos cobra entre S/80 y S/150 al mes por llevar el RER completo, lo que muchos prefieren para no arriesgar errores.
Para comparar todos los regímenes disponibles, en nuestra sección de trámites SUNAT tienes guías del Nuevo RUS, el Régimen MYPE Tributario y el Régimen General.
