El aporte a EsSalud es del 9% de tu remuneración mensual y lo paga íntegramente el empleador: no sale de tu bolsillo ni aparece como descuento en tu boleta. Es un costo que asume la empresa por encima de tu sueldo. Pero que no te lo descuenten no significa que no importe: si tu empleador no aporta, pierdes la acreditación y te puedes quedar sin acceso a los servicios de salud de EsSalud cuando más los necesitas. Saber verificar que ese 9% se esté pagando es una de las cosas más útiles que puedes hacer como trabajador en planilla.
El 9%: cómo funciona exactamente
El empleador declara y paga el aporte de EsSalud mensualmente ante SUNAT (que actualmente administra la recaudación). La tasa es del 9% de la remuneración mensual, con una base mínima equivalente a la RMV. Esto significa que aunque tu sueldo sea menor a S/1,130 (por ejemplo en un trabajo part-time), el aporte mínimo mensual es siempre 9% × S/1,130 = S/101.70.
Si ganas más de la RMV, el cálculo es proporcional:
| Sueldo mensual | Aporte EsSalud (9%) | Lo paga el |
|---|---|---|
| S/1,130 (mínimo) | S/101.70 | Empleador |
| S/2,000 | S/180.00 | Empleador |
| S/3,500 | S/315.00 | Empleador |
| S/5,000 | S/450.00 | Empleador |
| S/8,000 | S/720.00 | Empleador |
A diferencia del aporte previsional (AFP u ONP, que sí sale de tu sueldo), el aporte a EsSalud es un gasto patronal puro. Tú recibes tu sueldo completo y el empleador paga el 9% adicional al Estado.
Qué conceptos entran en la base de cálculo
La base imponible del aporte a EsSalud es la remuneración devengada en el mes. Incluye todos los pagos con carácter remunerativo:
- Sueldo básico mensual
- Horas extra
- Asignación familiar (S/113)
- Gratificaciones ordinarias de julio y diciembre
- Bonificaciones por tiempo de servicios y por riesgo de caja
- Prestaciones alimentarias vía suministro directo (comedor en el trabajo)
No forman parte de la base: CTS, indemnizaciones, asignaciones no remunerativas (movilidad condicionada, alimentación condicionada), participación en las utilidades.
Ojo con un cambio importante desde 2026: para trabajadores cuyos ingresos superan el 55% de la UIT mensual (55% × S/5,350 = S/2,942.50), el cálculo del aporte aplica sobre el 100% de sus ingresos mensuales, sin tope de base imponible. Esta modificación impacta especialmente a los trabajadores con sueldos altos y a las empresas que los emplean.
Cómo verificar que tu empleador está aportando
Hay dos formas rápidas de verificar:
1. Portal EsSalud: consulta de acreditación online
Ingresa a consultasenlinea de EsSalud y escribe tu DNI. El sistema te muestra si estás acreditado (es decir, si tu empleador está al día con los aportes). La acreditación se actualiza mensualmente: si ves que estás acreditado hasta el mes pasado, los aportes están al día.
También puedes verificarlo en la app «EsSalud Digital» desde tu celular. Si la consulta dice que no estás acreditado y llevas más de 3 meses en planilla, hay un problema con los aportes.
2. Portal SUNAT: verificar declaraciones del empleador
Con tu Clave SOL puedes consultar en el portal de SUNAT si tu empleador ha declarado la planilla electrónica (PLAME) incluyéndote. La declaración PLAME mensual incluye el registro de tus aportes a EsSalud. Si no apareces en la PLAME o si el monto declarado es menor al que corresponde, es un indicio de incumplimiento.
Periodo de carencia: cuándo ya tienes derecho a usar EsSalud
No basta con que el empleador esté aportando: hay un período de carencia que debes completar antes de tener derecho pleno a los servicios. En general:
- 3 meses de aportación continua: acceso a la mayoría de prestaciones de salud (consultas, hospitalización, medicamentos).
- Emergencias: desde el primer día de afiliación, EsSalud debe atenderte en emergencias sin importar el período de carencia.
- Maternidad: 9 meses de aportación para el subsidio de maternidad completo.
Si cambias de trabajo, los aportes del empleador anterior cuentan para el período de carencia siempre que no haya pasado más de un mes entre un empleo y otro.
¿Qué pasa si el empleador no aporta a EsSalud?
El no pago del aporte a EsSalud es una infracción tributaria y laboral al mismo tiempo. Las consecuencias para el empleador son serias:
- SUNAT puede ejecutar cobranza coactiva sobre las deudas de EsSalud.
- SUNAFIL puede sancionar al empleador por incumplimiento de obligaciones en seguridad social, con multas desde S/2,415 hasta S/242,250.
- Los trabajadores pierden la acreditación y no pueden acceder a consultas, internamientos ni medicamentos en EsSalud hasta que se regularice.
Si detectas que tu empleador no aporta, tienes dos vías simultáneas: denuncia ante SUNAT (por la deuda tributaria) y denuncia ante SUNAFIL (por la infracción laboral). Ambas son gratuitas y puedes hacerlas online.
Preguntas frecuentes sobre el aporte EsSalud
¿El aporte a EsSalud sale de mi sueldo?
No. El 9% es un costo del empleador que se paga adicional a tu remuneración. En tu boleta de pago no debe aparecer ningún descuento por «EsSalud». Si ves ese descuento en la boleta, hay un error que debes reportar inmediatamente: alguien está descontando de tu sueldo lo que debería pagar el empleador.
¿Qué pasa con el aporte cuando estoy de vacaciones?
El período de vacaciones es remunerado, por lo que el empleador sigue aportando el 9% durante ese tiempo. Las vacaciones no interrumpen ni reducen el aporte a EsSalud.
Tengo dos empleos en planilla. ¿Ambos empleadores aportan?
Sí. Cada empleador aporta el 9% sobre la remuneración que te paga. Si tienes dos empleos, hay dos aportes. EsSalud te da cobertura como asegurado regular independientemente de cuántos empleadores aporten por ti. Los aportes dobles no generan ningún beneficio adicional para el trabajador (solo para EsSalud).
Este tema está relacionado con la guía de EsSalud 2026 y la consulta de tu acreditación EsSalud. Para el panorama completo de tus derechos laborales, visita la sección de derechos laborales.
