Antes de dividir la herencia entre los herederos, necesitas saber exactamente qué hay para repartir. El inventario de bienes es el listado detallado de todos los activos y pasivos del causante. Sin un inventario adecuado, los herederos pueden omitir bienes involuntariamente, dejar deudas sin atender o enfrentarse a discusiones innecesarias. Esta guía explica cómo hacerlo, qué debe incluir y cuándo conviene hacerlo judicialmente.
Por qué el inventario es el primer paso
- Para decidir si conviene aceptar o rechazar la herencia: si las deudas superan los bienes, puede convenir renunciar. Sin inventario no puedes saberlo.
- Para distribuir equitativamente: cada heredero puede exigir su porción calculada sobre el total real, no sobre lo que alguien dice que hay.
- Para identificar bienes ocultos o desconocidos: cuentas bancarias, seguros de vida, bienes en otras ciudades o provincias.
- Para calcular si hay deudas que priorizar: los gastos funerarios y las deudas del causante tienen que pagarse antes de repartir lo que queda.
Qué incluye el inventario
Activos (bienes)
- Bienes inmuebles: casas, departamentos, terrenos, locales. Incluyendo los que no están inscritos en SUNARP.
- Vehículos: autos, motos, camionetas con sus placas y valores de mercado
- Cuentas bancarias y saldos (pide a los bancos los estados de cuenta al momento del fallecimiento)
- Inversiones: acciones, fondos mutuos, CTS, AFP
- Seguros de vida (contacta a las aseguradoras con las que operaba el fallecido)
- Bienes muebles de valor: joyas, obras de arte, equipos, maquinaria
- Créditos a su favor (dinero que otros le debía al causante)
Pasivos (deudas y obligaciones)
- Préstamos bancarios y saldos pendientes
- Hipotecas (consultar si hay seguro de desgravamen)
- Deudas tributarias con SUNAT
- Gastos funerarios (tienen prioridad)
- Rentas, alquileres o prestaciones pendientes
- Obligaciones alimentarias vencidas e impagas
Cómo obtener el inventario: vía extrajudicial
Si los herederos cooperan y están de acuerdo, el inventario puede hacerse de forma extrajudicial:
- Reunión de todos los herederos o sus representantes
- Recopilación de documentos: escrituras, tarjetas de propiedad, extractos bancarios, pólizas de seguro
- Si lo desean, pueden contratar a un tasador o perito para los bienes de mayor valor
- Formalizar el inventario en un documento privado firmado por todos, o elevarlo a escritura pública ante notario si quieren que tenga mayor fuerza legal
Vía judicial: cuando no hay acuerdo
Si un heredero sospecha que se están ocultando bienes o si no hay cooperación, puede solicitar al juzgado la realización de un inventario judicial. En este proceso:
- El juez nombra un inventariador (generalmente un notario o perito)
- Se identifican y registran todos los bienes con asistencia del juzgado
- Los herederos presencian el proceso
- El inventario judicial tiene carácter oficial y es muy difícil de objetar
Preguntas frecuentes
Un heredero dice que algunos bienes son suyos, no del causante. ¿Qué hago?
Si hay disputas sobre si un bien era del causante o de un heredero (por ejemplo, un hijo dice que la casa está a su nombre por una venta previa), necesitas revisar los registros de SUNARP y documentos de transferencia. Si la disputa persiste, el inventario judicial puede ser la vía para resolverlo con intervención del juzgado.
Para la partición de los bienes listados en el inventario, revisa partición de bienes por herencia 2026. Para decidir si aceptar o renunciar, visita renunciar a una herencia 2026.
