Inscripción de Herederos en SUNARP 2026: Pasos y Requisitos

Declarar los herederos en notaría o juzgado es solo el primer paso. Para que los bienes del fallecido queden legalmente a nombre de los herederos en los Registros Públicos, la sucesión debe inscribirse en SUNARP. Sin esa inscripción, ningún heredero puede vender, hipotecar ni disponer del bien, aunque el proceso de herencia ya haya concluido.

Qué se inscribe y por qué

Lo que se inscribe en SUNARP no son los nombres de los herederos directamente, sino los actos jurídicos que los declaran:

  • El acta de sucesión intestada notarial (o la sentencia judicial de declaratoria de herederos).
  • La adjudicación de los bienes a cada heredero, si ya hicieron la partición.

Una vez inscrita la sucesión en SUNARP, la partida registral del bien (inmueble o vehículo) queda actualizada mostrando a los herederos como copropietarios en la proporción que corresponde. Desde ese momento pueden vender o disponer del bien (con acuerdo de todos los herederos si son varios).

Paso a paso: cómo inscribir la sucesión en SUNARP

  1. Obtener el parte notarial: el notario que tramitó la sucesión intestada elabora el “parte notarial”, que es la copia certificada del acta con sello y firma, destinada específicamente a SUNARP.
  2. Presentar el parte en SUNARP: se puede hacer presencialmente en la oficina registral de la zona donde está el bien, o electronicamente a través de SID-SUNARP.
  3. Pagar las tasas registrales: el costo depende del valor del bien y el acto a inscribir. El derecho de calificación es S/46 más tasas variables.
  4. Calificación registral: el registrador revisa la documentación. Si está correcta, inscribe el acto. Plazo: 7 a 15 días hábiles.
  5. Una vez inscrita, la partida registral del bien refleja la nueva situación.

Si hay varios herederos y quieren dividir los bienes

Cuando hay varios herederos y se ponen de acuerdo en cómo dividir los bienes, pueden hacer una partición de bienes en el mismo proceso notarial (o en uno posterior). Esta partición también se inscribe en SUNARP mediante su parte notarial correspondiente.

Si el heredero A recibe el departamento y el heredero B recibe el terreno, cada uno queda como dueño exclusivo de su bien en SUNARP, sin necesidad de la firma del otro para operaciones futuras.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para inscribir la herencia en SUNARP?

No hay un plazo obligatorio. Sin embargo, mientras el bien no esté inscrito a nombre de los herederos, están expuestos a riesgos: acreedores del fallecido pueden ejecutar sobre el bien, y en casos extremos, otras personas podrían intentar inscribir derechos contradictorios.

¿Puede uno de los herederos inscribir sin el acuerdo de los demás?

Para inscribir el acta de sucesión intestada (que declara a todos los herederos en sus proporciones), sí puede hacerlo uno solo en beneficio de todos. Pero para la partición o adjudicación de bienes específicos a un heredero determinado, todos deben estar de acuerdo y firmar.

¿Qué pasa si…? Tres situaciones comunes en herencias

Si uno de los herederos está en el extranjero y no puede firmar: Puede otorgar un poder notarial desde el país donde se encuentre para que otra persona lo represente en el trámite ante SUNARP. El poder debe ser apostillado si viene de un país signatario del Convenio de La Haya, o legalizado por el consulado peruano en el país correspondiente. Este paso puede tomar varias semanas, así que conviene gestionarlo con anticipación.

Si el fallecido no dejó testamento y los herederos no se ponen de acuerdo: El proceso de sucesión intestada es la vía para establecer quiénes son los herederos legalmente. Una vez obtenida la declaratoria de herederos (en notaría o juzgado), la inscripción en SUNARP puede proceder aunque haya conflicto sobre cómo dividir los bienes: inscribir la sucesión no es lo mismo que hacer la partición. La división de bienes es un paso posterior y separado.

Si el bien inscrito tiene cargas o hipotecas: Las deudas del fallecido no desaparecen con la herencia. Si el inmueble tiene hipoteca, los herederos la asumen también. Antes de inscribir, revisa la partida registral del bien en SUNARP para ver qué cargas tiene: puedes obtener una copia literal en sunarp.gob.pe pagando entre S/11 y S/13. Si no quieres asumir la deuda, tienes la opción de renunciar a la herencia ante notario dentro del plazo legal.

Costos aproximados del trámite en SUNARP

La inscripción en SUNARP tiene un costo que varía según el valor del predio y el tipo de acto. Como referencia, el derecho registral para inscripción de actos en el Registro de Predios ronda entre S/38 y S/80 para predios urbanos estándar en Lima. Para predios en provincias o rurales, la tarifa puede ser menor. Consulta la tabla de derechos registrales en sunarp.gob.pe antes de presentarte, porque los valores se actualizan periódicamente.

Además del derecho registral, considera los costos notariales: entre S/300 y S/800 según la notaría y la complejidad del expediente. Si hay varios bienes, cada inscripción tiene su propio derecho registral. Un caso con un solo inmueble y dos o tres herederos puede resolverse en total por S/600 a S/1,200 entre notaría y SUNARP. Pide presupuesto en más de una notaría: los precios varían bastante.

Inscribir a tiempo evita problemas a futuro

En Perú no hay un plazo obligatorio para inscribir la herencia en SUNARP: técnicamente puedes dejarlo pendiente años. Pero cada año que pasa complica el trámite. Pueden sumarse más herederos por fallecimiento de alguno de los originales, los documentos se desactualizan y los conflictos familiares se acumulan. Además, si quieres vender o hipotecar el bien, necesitas la titularidad actualizada en registros. Lo mejor es gestionarlo cuanto antes, incluso si en el momento no hay intención inmediata de vender.


Para entender el proceso completo desde el fallecimiento, revisa la guía de sucesión intestada. Para el conjunto de trámites de herencia, visita herencias en Perú.

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