Licencia por Enfermedad Grave de Familiar 2026: Días y Requisitos

Tu madre está hospitalizada con diagnóstico grave y necesitas acompañarla. La Ley N° 30012 te da el derecho a ausentarte del trabajo sin perder tu sueldo durante los primeros 7 días. No es un favor que depende de la generosidad del empleador: es una licencia legal remunerada con respaldo en el Decreto Supremo N° 008-2017-TR, que reglamenta cómo solicitarla, qué documentos presentar y cómo se extiende si la situación lo requiere.

Quiénes activan el derecho: familiares directos en situación crítica

La Ley 30012 se aplica cuando un familiar directo del trabajador es diagnosticado con enfermedad en estado grave o terminal, o sufre un accidente que pone su vida en serio riesgo. Los familiares cubiertos son:

  • Hijos (menores o mayores de edad)
  • Padre o madre
  • Cónyuge
  • Conviviente (unión de hecho reconocida)

No están incluidos hermanos, abuelos, suegros u otros familiares —esos quedan fuera del supuesto legal—, aunque el empleador puede conceder licencia adicional por política interna si lo desea.

Cuántos días corresponden y bajo qué condiciones

La licencia funciona en dos bloques:

  • Primeros 7 días calendario: con goce de haber. El empleador paga el sueldo completo. No se descuenta de vacaciones ni de ningún otro beneficio.
  • Hasta 30 días adicionales: si la situación del familiar sigue siendo crítica y necesitas más tiempo, puedes solicitar hasta 30 días más. Estos días adicionales se descuentan de tu saldo de vacaciones acumuladas, proporcionales a los que tengas disponibles.

En total, la protección máxima es de 37 días (7 remunerados + hasta 30 con cargo a vacaciones). Si ya no tienes vacaciones acumuladas suficientes, los días adicionales que necesites se toman como licencia sin goce de haber si así lo acuerdan tú y el empleador.

Documentos que debes presentar

El reglamento DS 008-2017-TR establece los documentos requeridos para solicitar la licencia:

  • Certificado médico Ley 30012 (Anexo 1): el formato oficial que acredita el estado grave o terminal del familiar. Debe ser emitido por el médico tratante del hospital o clínica. Tiene una vigencia de 7 días calendario desde su emisión, lo que significa que si la hospitalización se extiende, debes renovarlo con nuevos certificados médicos.
  • Documento que acredita el vínculo familiar: según el familiar:
    • Padres: copia de tu propia partida de nacimiento
    • Hijos: copia de la partida de nacimiento del hijo
    • Cónyuge: copia del acta de matrimonio
    • Conviviente: constancia de unión de hecho inscrita o sentencia judicial

Ojo con la vigencia del certificado médico: si tu familiar lleva 20 días hospitalizado en estado grave, necesitarás al menos tres certificados emitidos cada 7 días para cubrir ese período. El médico tratante puede emitirlos con la misma frecuencia.

El procedimiento: antes de faltar, comunica

Idealmente debes comunicar al empleador antes de iniciar la licencia. Pero en situaciones de emergencia (tu familiar sufrió un accidente repentino), la ley entiende que la comunicación puede hacerse dentro de las primeras 24-48 horas de la ausencia. Lo importante es:

  • Notificar a tu jefe o a RRHH tan pronto como puedas, aunque sea por mensaje o correo
  • Presentar el certificado médico y el documento de vínculo en cuanto los obtengas (idealmente dentro del primer día hábil de regreso al trabajo)
  • Guardar copia de todo lo presentado

Diferencia con la licencia por fallecimiento

La Ley 30012 cubre la etapa mientras el familiar está vivo pero en estado crítico. Si el familiar fallece, se activa otro derecho distinto: la licencia por fallecimiento de la Ley 31602 (5 días hábiles para cónyuge, padres e hijos; 3 días para hermanos), completamente independiente a los días de la Ley 30012.

En la práctica, si tu familiar fallece después de una hospitalización durante la que usaste la Ley 30012, puedes encadenar las dos licencias: los días de enfermedad grave (Ley 30012) seguidos de los días de fallecimiento (Ley 31602).

¿Qué pasa si el empleador niega la licencia?

La negativa injustificada del empleador puede configurar un incumplimiento de sus obligaciones laborales, denunciable ante SUNAFIL en gob.pe/sunafil. En casos extremos, si la negativa te fuerza a faltar sin licencia y el empleador te sanciona por eso, puede impugnarse la sanción presentando la documentación médica que acreditaba el derecho.

Aplica también en el sector público

La Ley 30012 es de alcance general: cubre tanto a trabajadores del sector privado como del sector público (DL 276, SERVIR, CAS). Los procedimientos de solicitud en cada entidad pública pueden variar ligeramente en los formularios internos, pero el derecho de fondo —los 7 días con goce y hasta 30 adicionales con cargo a vacaciones— es el mismo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo usar esta licencia si mi familiar está en otro país?

Sí. La ley no restringe el lugar geográfico donde esté hospitalizado el familiar. El certificado médico puede ser emitido por un hospital extranjero y, si está en otro idioma, deberá estar traducido oficialmente y apostillado para tener validez en Perú.

¿Se pueden usar los 7 días de forma fraccionada?

El reglamento no lo prohíbe expresamente, pero la naturaleza de la licencia (acompañar a un familiar en estado crítico) implica un uso continuo. En la práctica, si necesitas ir al hospital solo ciertos días y trabajar los otros, puede negociarse con el empleador un uso parcial, pero la ley no obliga al empleador a aceptar ese fraccionamiento.

¿Qué pasa si el familiar se recupera antes de terminar los 7 días?

Si el familiar sale del estado crítico antes de consumir los 7 días, la licencia puede terminar anticipadamente. No tienes derecho a «agotar» los 7 días si la causa que la justificaba ya no existe. En ese caso, tu reincorporación al trabajo es inmediata.


Para el derecho en caso de fallecimiento del familiar, revisa la guía de licencia por fallecimiento. El panorama completo de licencias laborales está en derechos laborales.

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