El banco te pide un documento que certifique quién es el propietario del inmueble y si tiene hipotecas o embargos. Ese documento es el Certificado Registral Inmobiliario (CRI), emitido por SUNARP. A diferencia de la copia literal —que reproduce todos los asientos históricos—, el CRI es un documento oficial resumido que certifica el estado actual del registro: propietario vigente y cargas vigentes. Se solicita en SID-SUNARP y llega en días hábiles.
Qué certifica el CRI
El CRI es emitido y firmado por un registrador público de SUNARP y contiene:
- Propietario vigente: el nombre completo o razón social de quien figura como dueño actual del inmueble.
- Descripción del inmueble: área, ubicación, linderos y número de partida registral.
- Cargas y gravamen vigentes: hipotecas activas, embargos judiciales, medidas cautelares y cualquier otra anotación que afecte el bien en la actualidad.
- Cargas levantadas: indica si hubo cargas que ya fueron canceladas (hipotecas pagadas, embargos levantados).
Lo que NO contiene: el historial completo de todos los dueños anteriores ni todas las transferencias del bien a lo largo del tiempo. Para eso necesitas la copia literal.
Cómo solicitarlo online
- Ingresa a sid.sunarp.gob.pe con tu cuenta.
- Selecciona Publicidad Registral → Certificado Registral Inmobiliario.
- Busca el inmueble por dirección, partida registral o nombre del propietario.
- Paga la tasa correspondiente (verificar monto vigente en la plataforma al momento del trámite).
- El CRI se genera en formato PDF con firma electrónica del registrador. Llega al correo o se descarga directamente. Plazo: 1 a 3 días hábiles.
Cuándo piden el CRI y cuándo basta la copia literal
- Bancos (para hipotecas): casi siempre piden el CRI porque necesitan la confirmación de las cargas vigentes en formato certificado oficial.
- Compraventas: el comprador puede pedir copia literal para ver el historial completo o CRI para confirmar el estado actual. Muchos abogados piden ambos.
- Herencias: CRI para saber quién figura como propietario actual y si hay cargas que afectan la masa hereditaria.
- Arrendamientos: el arrendatario puede pedir el CRI para verificar que el arrendador realmente es el propietario antes de pagar la garantía.
Vigencia del CRI
El CRI no tiene una fecha de vencimiento legal explícita, pero como el registro puede cambiar en cualquier momento (una nueva hipoteca, un embargo), los bancos y entidades receptoras suelen exigir que sea de no más de 30 días. Si lo solicitas hoy y lo presentas en 45 días, probablemente te pidan uno nuevo.
Preguntas frecuentes
¿El CRI es lo mismo que la copia literal?
No. La copia literal reproduce textualmente todos los asientos del registro (historial completo). El CRI es un documento certificado que resume solo el estado actual. El CRI es más conciso y cómodo para trámites; la copia literal es más completa y detallada para análisis legal.
¿Se puede solicitar el CRI de un terreno en zonas rurales?
Sí, siempre que el predio esté inscrito en el Registro de Predios de SUNARP. Los predios rústicos en zonas rurales que tienen título de propiedad inscrito (muchos a través de COFOPRI o del Ministerio de Agricultura) están en el registro y pueden solicitarse tanto la copia literal como el CRI.
¿Qué significan las “anotaciones preventivas” en el CRI?
Son anotaciones provisionales que no constituyen derechos definitivos pero que advierten de situaciones en curso: una demanda judicial, una medida cautelar o un procedimiento administrativo que podría afectar el bien. Si el CRI muestra anotaciones preventivas, investiga antes de comprar o hipotecar el inmueble.
Para conocer el historial completo de un inmueble, la copia literal de SUNARP te da todos los asientos. Para más servicios registrales, visita trámites SUNARP.
