Si fuiste designado miembro de mesa y no te presentaste el día de las elecciones sin tener una excusa válida acreditada ante la ONPE, tienes una multa electoral pendiente. La multa por no cumplir como miembro de mesa es un monto fijo de S/275 (5% de la UIT), independientemente del distrito donde vivas —a diferencia de la multa por no votar, que sí varía según el nivel socioeconómico del distrito. La razón del monto mayor es que el incumplimiento de un miembro de mesa afecta directamente el funcionamiento de la mesa de sufragio y puede retrasar el proceso electoral para todos los votantes asignados a esa mesa.
La multa se genera automáticamente en el sistema de la ONPE si tu DNI figuraba en el sorteo de miembros de mesa y no hay registro de tu asistencia ni una excusa aprobada. Puedes consultarla ingresando tu DNI en el portal de la ONPE. Mientras esté impaga, tienes las mismas restricciones que cualquier multa electoral: no puedes celebrar actos notariales, contratar con el Estado, ni realizar ciertos trámites. Para pagar la multa, los canales disponibles son los mismos que para las multas por no votar.
Monto de la multa
El monto de la multa por no presentarse como miembro de mesa es fijo: S/275 (5% de la UIT vigente), sin importar el nivel socioeconómico de tu distrito. Es distinta de la multa por no votar, que sí varía según el distrito (S/110, S/55 o S/27.50). Si además de no cumplir como miembro de mesa tampoco votaste, se acumulan ambas multas.
Verifica tu situación exacta en multas.jne.gob.pe con tu DNI.
Cómo pagar la multa
- Banco de la Nación: presencialmente o vía Multired Virtual. El código de pago se genera en el portal ONPE.
- BCP: por la app o agentes autorizados
- Online: en el portal de la ONPE, busca «Pago de multas». Acepta tarjetas de crédito y débito, así como Yape en algunos periodos.
- Necesitas tu número de DNI para generar el código de pago
Consecuencias de no pagar
- No puedes realizar trámites ante entidades del Estado (banco, municipalidad, ministerios) que requieran presentar DNI sin multa
- La deuda puede ir a cobranza coactiva
- Intereses por mora que van aumentando el monto
Causales de excusa válidas
Para no pagar la multa hay que acreditar una causal válida, y el trámite cambia según el momento: antes de la elección se pide la excusa ante la ONPE, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación de la lista definitiva de miembros de mesa; después de la elección se pide la justificación ante el JNE, sin plazo de 30 días y hasta antes de que se emita la resolución de medida cautelar de embargo en la cobranza coactiva. Estas son las causales que reconoce el artículo 58 de la Ley Orgánica de Elecciones:
- Impedimento físico o mental notorio o grave, con certificado médico oficial (incluye la hospitalización)
- Necesidad de ausentarse del territorio nacional, acreditada con pasaporte, pasajes o movimiento migratorio
- Estar en gestación o en periodo de lactancia de un hijo de hasta dos años cumplidos a la fecha de la elección
- Ser mayor de 65 años, no de 70: los 70 son el umbral del voto facultativo, el cargo de miembro de mesa se puede rehusar desde los 65
- Estar incurso en las incompatibilidades del artículo 57 (candidatos y sus parientes cercanos en la jurisdicción, personeros, autoridades políticas o de elección popular, directivos de partidos, personal de las FFAA y PNP con función electoral ese día, bomberos voluntarios)
¿Qué pasa si…?
¿Qué pasa si no cumplí como miembro de mesa en primera vuelta y tampoco en la segunda vuelta del 7 de junio de 2026? Cada vuelta genera su propia multa de forma independiente. Si no te presentaste en ninguna de las dos, tienes dos multas de S/275 acumuladas (una por cada elección), además de cualquier multa por no votar si tampoco votaste. Debes regularizar ambas para quedar habilitado, ya que el sistema no te deja pagar solo una y dejar pendiente la otra.
¿Qué pasa si tengo la multa pendiente y necesito votar en las Elecciones Regionales y Municipales del 4 de octubre de 2026? Puedes votar igual: la multa impaga no te impide sufragar en la siguiente elección. Lo que sí bloquea son trámites administrativos (DNI, notariales, contratación con el Estado) mientras no regularices, así que conviene pagar antes de que necesites alguno de esos trámites con urgencia y no tengas tiempo de esperar.
Preguntas frecuentes
Fui designado miembro de mesa pero solo fui a votar. ¿Me multan como miembro?
Sí. Si fuiste sorteado como miembro de mesa titular o suplente, tu obligación era presentarte desde temprano (antes de las 7:30 a.m.) para instalar la mesa. Si solo fuiste a votar en tu horario y te fuiste, la ONPE registra que no cumpliste con la función de miembro de mesa, aunque sí hayas votado. Tendrás la multa de miembro de mesa pero no la multa por no votar (porque sí votaste).
¿La multa por miembro de mesa prescribe?
Las multas electorales en Perú no prescriben de forma automática como otras multas administrativas. Permanecen vigentes indefinidamente hasta que las pagues o acredites una excusa válida que la ONPE acepte. No esperes a que “venzan”: eso no va a pasar.
Ya pasó la elección y no me excusé. ¿Sigo a tiempo?
Sí, casi siempre. Lo que ya no cabe es la excusa —esa se cerró antes de la jornada—, pero sí la justificación ante el JNE, que es el trámite equivalente para después. Se presenta con los mismos documentos (certificado médico, movimiento migratorio, constancia laboral fuera de la jurisdicción) en dispensavirtual.jne.gob.pe, la misma plataforma de la dispensa de voto. Y no caduca a los 30 días: el Reglamento de Justificación y Dispensa Electoral (Resolución N° 0113-2025-JNE) la admite hasta antes de que se emita la resolución de medida cautelar de embargo en la cobranza coactiva. Si te la aprueban, la multa se anula.
Para pagar la multa por no votar (diferente a la de miembro de mesa), revisa cómo pagar multa electoral 2026. Para ver el proceso de excusa, visita cómo excusarse de ser miembro de mesa 2026.
