¿Sabes cuánto te deben pagar por tus prácticas? La Ley N° 28518 establece que ningún practicante puede recibir menos de la Remuneración Mínima Vital (S/1,130 en 2026) cuando cumple la jornada máxima permitida. Muchas empresas pagan menos argumentando que «es solo prácticas», y muchos practicantes lo aceptan sin saber que hay una norma que los protege. Conocer tus derechos antes de firmar el convenio marca una diferencia real en lo que cobras y en las condiciones en que trabajas.
Dos modalidades principales: pre-profesional y profesional
La Ley 28518 regula cinco modalidades formativas, pero las más frecuentes son dos:
Prácticas pre-profesionales
Para estudiantes universitarios o de institutos técnicos que aún no han concluido su carrera. El convenio es tripartito: lo firman el practicante, la empresa y el centro de estudios. La jornada máxima es de 6 horas diarias y 30 horas semanales. Si te exigen más, están incumpliendo la ley.
Prácticas profesionales
Para egresados que ya terminaron el plan de estudios pero aún están en proceso de titulacipon. El convenio es bipartito: lo firman el practicante y la empresa directamente. La jornada máxima es de 8 horas diarias y 48 horas semanales, igual que un trabajador regular. La duración máxima es de 12 meses.
Subvención mínima: S/1,130 para jornada completa
La ley llama «subvención económica» a lo que te pagan, no «remuneración», porque el vínculo no es laboral. Pero el piso mínimo es claro: ningún practicante puede recibir menos de S/1,130 mensuales cuando cumple la jornada máxima de su modalidad. Si tu jornada es menor, la subvención se reduce proporcionalmente.
Ejemplo: si eres practicante pre-profesional y tu jornada es de 4 horas (en lugar de las 6 máximas): subvención mínima = S/1,130 × 4/6 = S/753.33 mensuales como mínimo.
Subvención adicional semestral: el bono que pocos conocen
Por cada 6 meses continuos en la misma empresa, tienes derecho a una subvención adicional equivalente a media subvención mensual. Es el equivalente a una gratificación, aunque la ley no la llama así. Si tu subvención es S/1,130, recibes S/565 adicionales al cumplir cada semestre continuo.
Esta subvención adicional aplica tanto a prácticas pre-profesionales como profesionales. Si llevas 6 meses en la empresa y nunca te la pagaron, tienes derecho a reclamarla.
Descanso: 15 días por año continuo
Después de cumplir un año continuo con la misma empresa, el practicante tiene derecho a 15 días calendario de descanso remunerado. No es obligatorio para convenios de menos de 12 meses, pero si tu modalidad te permite llegar a ese año (como en prácticas profesionales), el descanso debe concederse.
Seguro de salud: obligatorio desde el primer día
La empresa está obligada a cubrir los riesgos de salud y accidentes del practicante desde el primer día del convenio. Las opciones son:
- Afiliación al EsSalud como practicante (el empleador aporta el 9% de la subvención)
- Contratación de un seguro privado con cobertura equivalente: mínimo 14 subvenciones mensuales para enfermedad y 30 para accidentes
Si la empresa no tiene seguro para ti, está infringiendo la ley. Puedes verificar tu acreditación en EsSalud en el portal oficial. Si no apareces acreditado y llevas varias semanas de prácticas, reclama a RRHH y, si no hay respuesta, denuncia ante SUNAFIL.
Lo que NO te corresponde: la diferencia con el contrato laboral
La modalidad formativa no es una relación laboral, por lo que legalmente no corresponden:
- CTS
- Gratificaciones legales (julio y diciembre)
- Asignación familiar
- Indemnización por despido arbitrario
- Seguro de vida ley
Ojo con las prácticas desnaturalizadas: si la empresa te exige cumplir horario de empleado (8 horas en pre-profesionales), te da funciones de un puesto permanente y te subordina como a cualquier trabajador, puede configurarse una relación laboral. En ese caso podrías reclamar CTS, gratificaciones y demás beneficios laborales desde el inicio.
¿Qué pasa si la empresa no te paga la subvención mínima o te exige más horas?
Son dos infracciones distintas que puedes denunciar ante SUNAFIL:
- Pago por debajo de la subvención mínima: es infracción grave. SUNAFIL puede ordenar el pago de la diferencia retroactiva más la multa al empleador.
- Exceso de jornada: exigirte 8 horas en un convenio pre-profesional (cuyo máximo es 6 horas) viola la Ley 28518 y puede ser indicio de desnaturalización.
Preguntas frecuentes
¿Puedo tener dos convenios de prácticas a la vez con distintas empresas?
Sí, la ley no lo prohíbe expresamente, siempre que el total de horas diarias no supere el máximo de la modalidad y que la actividad sea compatible con el plan de estudios. En la práctica, muchos institutos o universidades sí lo limitan en sus reglamentos internos.
¿Me pueden renovar el convenio de prácticas indefinidamente?
No sin límites. Las prácticas pre-profesionales no tienen un máximo legal de duración (la empresa puede renovar mientras seas estudiante activo), pero las profesionales tienen un máximo de 12 meses. Si superas esos 12 meses de prácticas profesionales continuando en la misma empresa, puede configurarse desnaturalización.
¿Las horas extras me las pagan durante las prácticas?
La Ley 28518 no regula el pago de horas extra para practicantes. Si te exigen trabajar más allá del máximo de tu modalidad, debes reclamar que se reduzca la jornada (no el pago adicional, porque no es relación laboral). Sin embargo, si el exceso de horas configura desnaturalización, sí tendrías derecho a reclamar horas extra como trabajador.
También puede interesarte la guía de período de prueba para cuando pases de practicante a empleado directo. El panorama completo de derechos está en derechos laborales.
