Olvidaste presentar la declaración mensual del IGV y ya pasó la fecha. Lo primero que debes saber: la multa no es fija ni inevitable al 100%. El régimen de gradualidad de SUNAT te permite reducirla hasta en un 95% si la presentas tú antes de que SUNAT te notifique. Pero cada día que pasa genera intereses del 1.2% mensual sobre el impuesto no pagado, y si esperas a que SUNAT te encuentre primero, el descuento baja. Entender la tabla de infracciones, los porcentajes de rebaja y cómo pagar en el portal SOL puede salvarte varios miles de soles.
Tipos de infracciones más frecuentes y sus multas base
Con UIT 2026 = S/5,500, las multas base (antes del régimen de gradualidad) son las siguientes para las infracciones más comunes:
| Infracción | Régimen General / MYPE | RER | NRUS |
|---|---|---|---|
| No presentar declaración en plazo | 1 UIT = S/5,500 | 50% UIT = S/2,750 | 0.6% ingresos (mín. 5% UIT) |
| No pagar impuesto en plazo | Intereses (no multa directa) | Intereses | Intereses |
| No emitir comprobante de pago | 50% UIT = S/2,750 o 8% de ventas (mayor) | 50% UIT | 50% UIT |
| No llevar libros contables | 0.6% de ingresos netos (mín. 10% UIT) | 0.6% ingresos | N/A |
| No registrar operaciones en libros | 0.6% del monto no registrado (mín. 5% UIT) | 0.6% | N/A |
| Declarar cifras falsas | 50% del tributo omitido | 50% | 50% |
Estas son las multas antes de aplicar gradualidad. En la práctica, si actúas rápido, lo que terminas pagando puede ser el 5% de esos montos.
El régimen de gradualidad: cómo reducir la multa hasta 95%
El régimen de gradualidad es el mecanismo de SUNAT que reduce las multas cuando el contribuyente subsana la infracción voluntariamente. Funciona en función del momento en que actuas:
| Momento de la subsanación | Rebaja de la multa |
|---|---|
| Antes de cualquier notificación de SUNAT | 95% |
| Dentro de los 7 días hábiles siguientes a la notificación (si además pagas) | 98% |
| Dentro de los 7 días hábiles (solo subsanación, sin pago) | 90% |
| Del día 8 al día 120 hábil desde la notificación (con pago) | 96% |
| Del día 8 al día 120 (sin pago) | 80% |
| Después del día 120 (sin pago) o en apelación | Porcentajes menores o sin rebaja |
Ejemplo concreto: estás en el Régimen General y no presentaste la declaración mensual de enero. Multa base: 1 UIT = S/5,500. Si presentas la declaración y pagas antes de que SUNAT te notifique, la multa efectiva es S/5,500 × 5% = S/275. Eso sí, los intereses sobre el impuesto no pagado corren desde el vencimiento hasta el día de pago, sin descuento.
Los intereses moratorios: 1.2% mensual
Además de la multa, el impuesto no pagado en plazo genera intereses moratorios del 1.2% mensual (0.04% diario). Estos intereses no tienen régimen de gradualidad: se pagan íntegramente desde el día siguiente al vencimiento hasta el día del pago efectivo.
Ejemplo: tienes un IGV de S/2,000 que no pagaste en la fecha de vencimiento. Cada mes que pasa acumulas S/2,000 × 1.2% = S/24 de intereses. En 6 meses, son S/144 adicionales. A eso se suma la multa reducida. Cuanto antes regularices, menos intereses.
Cómo pagar una multa de SUNAT: paso a paso
- Paso 1: Entra al portal SUNAT Operaciones en Línea (SOL) en sunat.gob.pe con tu RUC y Clave SOL
- Paso 2: Ve a «Empresas» (o «Personas» si eres independiente) → «Declaración y Pago» → «Pago de valores»
- Paso 3: Busca la Orden de Pago o Resolución que corresponde a tu infracción. Si aún no hay ninguna emitida (subsanación voluntaria), usa «Pago de deuda» con el código de tributo correspondiente a la multa
- Paso 4: Confirma el monto calculado con gradualidad y paga con cargo a cuenta bancaria, tarjeta de débito o a través de los bancos autorizados (BCP, Interbank, BN, etc.)
Si la multa ya tiene una Resolución emitida por SUNAT y quieres impugnarla, tienes 20 días hábiles desde la notificación para presentar un recurso de reclamación ante SUNAT, y 15 días hábiles para apelar ante el Tribunal Fiscal si la reclamación fue denegada.
Infracciones que no tienen régimen de gradualidad
No todas las infracciones tienen descuento por subsanación voluntaria. Algunas quedan fuera del régimen de gradualidad porque implican conductas de mayor gravedad:
- Infracciones por llevar doble contabilidad
- Destrucción de libros y registros contables
- Impedir la inspección de SUNAT
- Proporcionar información falsa en el RUC
Para estas infracciones, la multa se aplica en su totalidad o con descuentos mínimos, y pueden generar consecuencias adicionales como cierre temporal del establecimiento o suspensión del RUC.
Preguntas frecuentes
Tengo una multa de hace 3 años que no pagué. ¿Prescripó?
Las obligaciones tributarias tienen un plazo de prescripción de 4 años (6 años si no presentaste la declaración). Si SUNAT no te ha notificado en ese plazo ni ha interrumpido la prescripción, la deuda puede haber prescrito. Sin embargo, la prescripción debe invocarse expresamente: SUNAT no la aplica de oficio. Consulta con un contador o abogado tributarista antes de asumir que prescribió.
¿El fraccionamiento de deuda incluye las multas?
Sí. El fraccionamiento tributario de SUNAT (Artículo 36 del Código Tributario) permite fraccionar tanto el impuesto adeudado como las multas e intereses en cuotas mensuales. El interés de fraccionamiento es del 0.9% mensual. Sigue siendo más barato que los intereses moratorios del 1.2%.
Para entender cómo fraccionar tus deudas tributarias, visita fraccionamiento de deuda SUNAT 2026. El portal completo de trámites está en trámites SUNAT.
