Pensión de Alimentos Perú 2026: Cómo Demandar y Cuánto Corresponde

Muchos creen que la pensión de alimentos solo es para hijos. En realidad, en Perú pueden pedirla también los padres o abuelos que están en situación de necesidad, los cónyuges separados y los hermanos que no pueden sostenerse solos. El caso más común sigue siendo el de hijos menores, pero el código es más amplio de lo que la gente piensa. La demanda se presenta en el Juzgado de Paz Letrado de tu domicilio o del domicilio del demandado, a tu elección (artículo 560 del Código Procesal Civil), no necesitas abogado y no pagas tasas judiciales si la pensión que pides no pasa de 20 URP (artículo 562).

Qué comprende la pensión de alimentos en la ley peruana

Según el artículo 472 del Código Civil, «alimentos» no significa solo comida. En Perú comprende:

  • Sustento (alimentación).
  • Habitación (vivienda).
  • Vestido.
  • Educación, instrucción y capacitación para el trabajo.
  • Asistencia médica y psicológica.
  • Recreación, según las posibilidades del obligado.
  • Los gastos del embarazo, desde la concepción hasta el postparto (cuando el padre es quien paga).

Para los hijos mayores de 18 años, la obligación continúa si están estudiando con éxito una profesión u oficio, hasta los 28 años, o si no pueden mantenerse por una incapacidad física o mental (artículo 424 del Código Civil). Si el hijo mayor de 18 no estudia ni trabaja, la obligación alimentaria del padre puede terminar.

Cómo se calcula el monto: porcentajes y criterios

No existe un monto fijo por ley. El juez fija la pensión considerando dos variables: las necesidades de quien recibe y la capacidad económica del obligado. En la práctica:

  • Para un hijo sin condiciones especiales: los jueces suelen moverse entre el 25% y el 30% del ingreso neto del obligado.
  • Para dos hijos: entre el 35% y el 45%; para tres, entre el 45% y el 55%.
  • El artículo 648 del Código Procesal Civil establece que el embargo por alimentos puede alcanzar hasta el 60% del ingreso total del demandado.

Ejemplo concreto: si el padre gana S/2,000 netos al mes y tiene un hijo menor, lo habitual es que el juez fije la pensión entre S/500 y S/600 (el 25% y el 30%). Con dos hijos, el rango sube a S/700-S/900. Son referencias de la práctica judicial, no cifras de la ley: el juez puede apartarse de ellas si las necesidades del hijo o la capacidad del obligado lo justifican.

Si el demandado no tiene trabajo formal ni ingreso demostrable, el juez puede fijar una pensión en monto fijo tomando como referencia la Remuneración Mínima Vital, que desde el 1 de octubre de 2026 es S/1,230. Con los porcentajes de la práctica para un hijo (25% a 30%), eso da entre S/307.50 y S/369 al mes.

Paso a paso: cómo demandar pensión de alimentos

  1. Recopila los documentos básicos: partida de nacimiento del hijo (para acreditar el vínculo), tu DNI y del menor, y cualquier documento que acredite los ingresos del demandado (boletas de pago, recibos de honorarios, etc.).
  2. Dirígete al Juzgado de Paz Letrado de tu domicilio o del domicilio del demandado, el que te convenga. Puedes ir sin abogado: en los procesos de alimentos no es exigible (artículo 164 del Código de los Niños y Adolescentes). Si quieres asesoría gratuita, la Defensa Pública del Ministerio de Justicia puede patrocinarte.
  3. Presenta la demanda de alimentos. Describe las necesidades del menor y los ingresos conocidos del demandado.
  4. El juzgado notifica al demandado. La pensión se calcula desde el día siguiente de la notificación.
  5. Si el alimentista es menor, el auto que admite la demanda ya incluye una asignación anticipada (pensión provisional) y fija la audiencia única, que no debe pasar de 10 días desde la notificación.
  6. En la audiencia el juez escucha a las partes y puede dictar sentencia en ese mismo acto. Si el demandado no va pese a estar notificado, el juez sentencia con la prueba que hay (Ley N° 31464).

En el papel, desde la Ley N° 31464 el proceso está pensado para resolverse en una sola audiencia; en la práctica, el tiempo real depende de la carga del juzgado y de lo que tarden las notificaciones. Si hay acuerdo entre las partes, puede resolverse antes.

Qué pasa si el demandado no paga

El incumplimiento de la pensión de alimentos tiene consecuencias serias en Perú:

  • REDAM: cuando el obligado adeuda tres cuotas, consecutivas o no, puedes pedir su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Figurar ahí le dificulta el acceso al crédito —los bancos consultan el registro— y lo inhabilita para ciertos cargos públicos y para contratar con el Estado. Ojo con una creencia muy extendida: el REDAM por sí solo no le impide sacar el pasaporte ni salir del país; eso requiere una medida cautelar distinta que el juez tiene que ordenar expresamente.
  • Embargo de sueldo: El juzgado puede ordenar al empleador que descuente la pensión directamente del sueldo del deudor antes de que lo cobre.
  • Retención de cuentas bancarias: El juez puede ordenar el bloqueo y retención de fondos en cuentas bancarias.
  • Proceso penal: no hay que esperar un número de meses. Si el obligado no paga lo que fijó una resolución judicial, se liquidan las pensiones devengadas y, si tras el requerimiento del juez sigue sin pagar, se remiten copias a la Fiscalía por el delito de omisión de asistencia familiar (artículo 149 del Código Penal): pena de hasta 3 años o prestación de servicios comunitarios, y sin librarse de pagar.

Preguntas frecuentes

¿Se puede aumentar la pensión después de fijada?

Sí. Si cambian las circunstancias (el padre gana más, los gastos del menor aumentan por enfermedad o cambio de colegio), se puede interponer una demanda de aumento de pensión. Es un proceso judicial independiente pero más corto que el inicial.

¿Puede el padre pedir una reducción si quedó sin trabajo?

Sí. Puede demandar una reducción de pensión demostrando el cambio en su capacidad económica. Mientras dura el proceso, debe seguir pagando la pensión vigente. Si deja de pagar sin sentencia de reducción, acumula deuda.

¿La pensión se paga en efectivo o por transferencia?

El juzgado puede ordenar la forma de pago. Lo más común hoy es la transferencia bancaria o depósito en cuenta, porque deja registro y evita conflictos sobre si se pagó o no. El pago en efectivo es válido pero genera más disputas sin recibos.

Obligado sin ingresos formales: cómo calcula el juez la pensión

Decir «no trabajo» no basta para librarse. Desde la Ley N° 32006 (2024), el juez puede acceder de oficio y en línea a la información sobre la capacidad económica del demandado, y la misma ley derogó la frase del artículo 481 del Código Civil que dispensaba de investigar sus ingresos con rigor. Y en el auto admisorio el juez ya requiere al empleador, si lo hay, que informe cuánto gana.

Si el obligado trabaja en la informalidad, aporta todo lo que pruebe su nivel de vida: el vehículo que maneja, el local o el terreno a su nombre (se consultan en SUNARP), fotos del negocio o publicaciones en redes. El juez valora esos indicios, y cuando no hay nada demostrable, la referencia habitual es la RMV, como en el ejemplo de más arriba.


Para una visión general de los trámites relacionados con el ámbito familiar, revisa nuestra guía de trámites del Estado peruano. Si necesitas también información sobre el proceso de divorcio, visita la guía de divorcio en Perú.

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