Calcular Subsidio Incapacidad Temporal EsSalud 2026: Fórmula y Días

Cuando te enfermas o sufres un accidente y el médico de EsSalud te da descanso médico, hay dos tramos de pago distintos que mucha gente confunde. Los primeros 20 días de incapacidad los paga tu empleador como parte del sueldo normal. A partir del día 21, EsSalud asume el costo mediante el subsidio por incapacidad temporal. Y ojo con algo que casi nadie tiene claro: esos 20 días se acumulan a lo largo del año calendario, no se reinician con cada descanso médico. Entender este mecanismo te ayuda a saber exactamente cuánto recibirás y por cuánto tiempo.

Los dos tramos de pago

PeríodoQuién pagaMonto
Días 1 al 20 del año calendarioEmpleador (como remuneración normal)Sueldo completo (no cambia)
Desde el día 21 en adelanteEsSalud (subsidio)Promedio de últimas remuneraciones

El subsidio de EsSalud empieza exactamente el día 21 de incapacidad y puede durar hasta un máximo de 11 meses y 10 días consecutivos. Si la incapacidad supera ese máximo, puede activarse la pensión de invalidez.

La fórmula del subsidio por incapacidad temporal

El cálculo usa el mismo mecanismo que el subsidio de maternidad:

Subsidio diario = Suma de las 12 últimas remuneraciones ÷ 360

El subsidio por día se multiplica por el número de días de incapacidad a partir del día 21. Si tu sueldo ha sido constante durante el último año, el subsidio es prácticamente equivalente a tu remuneración diaria.

Ejemplos prácticos

Ejemplo 1: Trabajador con sueldo fijo de S/2,500, incapacidad de 45 días

  • Suma de 12 remuneraciones: 12 × S/2,500 = S/30,000
  • Subsidio diario: S/30,000 ÷ 360 = S/83.33
  • Días subsidiados por EsSalud: 45 – 20 = 25 días
  • Subsidio total de EsSalud: S/83.33 × 25 = S/2,083.25
  • Lo que pagó el empleador (días 1-20): 20 × S/83.33 = S/1,666.60

Ejemplo 2: Sueldo de S/4,000, incapacidad de 90 días (hospitalización prolongada)

  • Subsidio diario: (12 × S/4,000) ÷ 360 = S/133.33
  • Días subsidiados por EsSalud: 90 – 20 = 70 días
  • Subsidio total de EsSalud: S/133.33 × 70 = S/9,333.33

Qué remuneraciones cuentan para el cálculo

  • Sí cuentan: sueldo básico, asignación familiar, horas extra habituales, comisiones regulares
  • No cuentan: CTS, gratificaciones, bonos ocasionales, movilidad condicionada, alimentación supeditada

El CITT: el documento que activa el subsidio

El Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) es el documento que emite el médico de EsSalud que certifica tu incapacidad. Sin CITT válido, no hay subsidio. El CITT debe ser:

  • Emitido por médico de EsSalud (no vale el certificado de clínica particular, salvo en emergencias)
  • Validado electrónicamente en el sistema de EsSalud
  • Entregado al empleador oportunamente

En 2026, la validación del CITT es electrónica: el médico lo sube al sistema y el empleador puede verificarlo en la Plataforma VIVA. Ya no se requiere la entrega del papel físico en la mayoría de casos.

Requisitos para acceder al subsidio

  • Tener acreditación activa en EsSalud al inicio de la incapacidad
  • Contar con 3 meses de aportación consecutivos o 4 no consecutivos dentro de los 6 meses anteriores al mes en que se inicia la incapacidad
  • Tener vínculo laboral vigente al inicio y durante todo el periodo a subsidiar
  • Haber superado los 20 días que paga el empleador, contados de forma acumulada dentro del año calendario
  • No estar percibiendo remuneración por trabajo efectivo durante el subsidio

Cómo se tramita: el empleador gestiona el subsidio

  • El trabajador entrega el CITT al empleador (o este lo valida electrónicamente en VIVA)
  • El empleador sigue pagando el sueldo durante los primeros 20 días como parte de sus obligaciones laborales
  • Desde el día 21, EsSalud paga el subsidio directamente o el empleador adelanta el pago y luego solicita reembolso a EsSalud mediante Formulario 1040 en VIVA
  • El empleador tiene hasta 6 meses para solicitar el reembolso a EsSalud después de terminada la incapacidad

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si tengo una incapacidad de solo 15 días?

Depende de si es tu primer descanso del año. Si lo es, EsSalud no paga nada: esos 15 días los cubre íntegramente el empleador como parte de su obligación salarial. Pero si ya habías estado de baja antes en el mismo año calendario, los días se suman. Con 10 días gastados en febrero, por ejemplo, de estos 15 el empleador solo cubre 10 y EsSalud subsidia los 5 restantes, porque entre ambos episodios ya pasaste del día 20. Merece la pena llevar la cuenta de tus descansos del año: es dinero al que tienes derecho y que se pierde por no pedirlo.

¿Puedo tener más de un descanso médico en el mismo año?

Sí, y aquí está el detalle que más beneficio hace perder: los 20 días a cargo del empleador se acumulan dentro del año calendario, del 1 de enero al 31 de diciembre. No se reinician con cada descanso médico. Si en marzo estuviste 12 días de baja y en agosto otros 15, al llegar al día 21 contando ambos episodios el subsidio de EsSalud entra en juego: el empleador cubrió los 20 primeros del año y EsSalud paga los 7 días restantes del segundo descanso. Mucha gente asume que cada baja empieza de cero y deja de reclamar un subsidio al que sí tiene derecho.

Los días se sustentan con los CITT o los certificados médicos particulares, que se adjuntan al primer expediente que presentes. El tope de 11 meses y 10 días, en cambio, sí aplica a incapacidades continuas, no a la suma de episodios sueltos.


Para el subsidio de maternidad (otro subsidio económico de EsSalud), visita cálculo subsidio maternidad EsSalud. Para las prestaciones económicas en general, revisa prestaciones económicas EsSalud.

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