Contrato de Trabajo para Extranjeros Perú 2026: Aprobación MTPE

Las empresas peruanas pueden contratar trabajadores extranjeros, pero deben cumplir una cuota del 20% máximo de extranjeros sobre el total de trabajadores, y los salarios de extranjeros no pueden superar el 30% del total de la planilla. El contrato debe registrarse obligatoriamente en el sistema SIVICE del Ministerio de Trabajo (MTPE) y tiene aprobación automática desde su presentación. Esta guía explica el proceso tanto desde la perspectiva del empleador como del trabajador extranjero.

La cuota del 20%: cómo calcularla

El Decreto Legislativo N° 689 establece que el número de trabajadores extranjeros no puede exceder el 20% del personal total de la empresa. Para calcular si puedes contratar otro extranjero:

Si tu empresa tiene 10 trabajadores, el máximo de extranjeros es 2 (20% de 10). Con 50 trabajadores, puedes tener hasta 10 extranjeros. La regla aplica a cada planilla individual y se verifica al momento de la contratación.

Excepciones a la cuota

La ley peruana prevé varias excepciones en las que el límite del 20% no aplica:

  • Personal directivo o gerencial (gerentes, directores)
  • Trabajadores de países con los que Perú tiene tratados de reciprocidad laboral
  • Especialistas en actividades que no puedan ser cubiertas por nacionales (tecnologías nuevas, conocimiento único)
  • Empresas que se encuentren en período de instalación o ampliación
  • Extranjeros con cónyuge o hijos peruanos
  • Extranjeros con residencia permanente en Perú

El contrato: cláusulas obligatorias

El contrato debe ser por escrito, a plazo determinado (máximo 3 años, renovable por períodos iguales), e incluir obligatoriamente:

  • Cláusula de pre-condición migratoria: declaración de que la aprobación del contrato por el MTPE no autoriza al trabajador extranjero a iniciar labores hasta que obtenga la calidad migratoria habilitante (visa de trabajador)
  • Compromiso de repatriacón: el empleador se compromete a costear el transporte del trabajador extranjero a su país de origen al terminar el contrato
  • Compromiso de capacitación: el empleador se compromete a capacitar a trabajadores peruanos en la misma ocupación del extranjero contratado

El SIVICE: registro online en el MTPE

El contrato debe registrarse en el Sistema Virtual de Contratos de Extranjeros (SIVICE) del MTPE antes de que el trabajador inicie funciones. El registro funciona así:

  • El empleador ingresa al portal del MTPE: trabajo.gob.pe y accede al módulo SIVICE
  • Registra el contrato con todos los datos del trabajador extranjero y del contrato
  • Sube el contrato firmado digitalmente
  • La aprobación es automática desde su presentación: no hay que esperar una resolución formal del MTPE. El contrato queda registrado y aprobado instantáneamente

Secuencia completa: empleador y trabajador extranjero

  • Paso 1: Firma del contrato de trabajo entre empleador y trabajador extranjero (con las cláusulas obligatorias)
  • Paso 2: Registro del contrato en SIVICE del MTPE (aprobación automática)
  • Paso 3: El trabajador extranjero usa el contrato aprobado como sustento para solicitar la calidad migratoria de trabajador ante Migraciones
  • Paso 4: Migraciones emite la calidad migratoria (carné de extranjería de trabajador)
  • Paso 5: Solo con la calidad migratoria otorgada puede el trabajador iniciar funciones legalmente

Desde la perspectiva del trabajador extranjero

Si eres extranjero y te ofrecieron trabajo en Perú, el proceso correcto es:

  • El empleador firma contigo el contrato y lo registra en SIVICE
  • Tú presentas ese contrato (con el sello de registro SIVICE) en Migraciones para solicitar la calidad migratoria de trabajador
  • Mientras Migraciones no te emita el carné de extranjería, no puedes empezar a trabajar. Hacerlo antes es trabajar en situación irregular, que expone al empleador a multas de SUNAFIL y a ti a problemas migratorios.

Preguntas frecuentes

Soy freelancer extranjero y trabajo para empresas peruanas sin contrato de planilla. ¿Me aplica esta norma?

El Decreto Legislativo 689 aplica a contratos de trabajo en relación de dependencia (planilla). Si emites recibos por honorarios como independiente (RUC propio o contratos de servicios), no estás en planilla y el límite del 20% no aplica directamente. Sin embargo, igual necesitas calidad migratoria habilitante que te permita hacer actividades lucrativas en Perú (calidad de trabajador independiente o de residencia que lo autorice).


Para la visa de trabajo que necesita el contrato aprobado, revisa trámites migratorios Perú 2026. Para la residencia permanente que exime de la cuota del 20%, visita residencia permanente en Perú 2026.

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