Una hora al día, de lunes a viernes, durante el primer año de vida de tu hijo. Eso es lo que la Ley N° 27240 (modificada por la Ley 28731) garantiza a las madres trabajadoras en Perú: un permiso de lactancia materna completamente remunerado, dentro de la jornada laboral, que el empleador no puede negar, reducir ni condicionar a ningún trámite complicado. No importa si trabajas en una empresa grande o pequeña, si tienes contrato indefinido o a plazo fijo: el derecho existe desde el primer día de regreso al trabajo después de la licencia de maternidad.
Cuánto dura y hasta cuándo aplica
El permiso de lactancia es de una hora diaria durante la jornada de trabajo. La duración del beneficio se extiende hasta que el hijo cumple un año de edad. Pasado ese primer cumpleaños, el derecho se extingue automáticamente.
En caso de parto múltiple (gemelos, trillizos u otros), el permiso se amplía a dos horas diarias. Por cada hijo adicional sobre el primero, se suma una hora más al permiso diario. Si nacieron trillizos, el permiso es de tres horas al día hasta que todos cumplan un año.
Las horas de lactancia son tiempo remunerado al 100%. El empleador no puede descontarlas del sueldo, registrarlas como tardanza ni restarlas de las horas de trabajo efectivo para el cálculo de beneficios.
Cómo se usa la hora: dentro de la jornada, no fuera
El permiso debe tomarse dentro de la jornada laboral, no antes de entrar ni después de salir. Si tu horario es de 9 a.m. a 6 p.m., la hora de lactancia debe tomarse en algún momento entre esas horas, no sumarse a los extremos de la jornada para entrar más tarde o salir antes (aunque algunas empresas aceptan ese esquema por acuerdo mutuo).
La hora puede tomarse de manera continua o fraccionarse en dos periodos de 30 minutos. La elección del horario debe acordarse entre la trabajadora y el empleador. Si no hay acuerdo, prevalece la preferencia de la trabajadora. El empleador no puede imponerte un horario que te resulte inconveniente; eres tú quien decide cuándo tomas los 30 o 60 minutos dentro de la jornada.
Cómo solicitar el permiso: el procedimiento formal
El proceso es sencillo y no requiere documentación extensa:
- Comunica al empleador por escrito: una carta o correo a RRHH indicando que harás uso del permiso de lactancia amparado en la Ley 27240 (modificada por Ley 28731). Menciona la fecha de nacimiento del hijo y la fecha en que comenzarás a usar el permiso.
- Adjunta la partida de nacimiento: copia del acta de nacimiento del hijo como acreditación del derecho. Es el único documento que puede pedirte el empleador.
- Define el horario: propón el horario de la hora (o las dos horas, si fue parto múltiple). Si el empleador no acepta tu propuesta sin motivo justificado, la ley te da preferencia.
No necesitas presentar constancias médicas de que estás amamantando, ni informes del pediatra, ni ningún otro documento adicional. La ley no condiciona el derecho a que la madre pruebe que efectivamente da pecho: el permiso existe por el solo hecho de tener un hijo menor de un año.
El lactario en el centro de trabajo: obligatorio en empresas con 20 o más trabajadoras
La Ley 29896 establece que las empresas con 20 o más trabajadoras en edad fértil están obligadas a implementar un lactario: un espacio privado, limpio, con silla, mesa, enchufes y facilidades de refrigeración para conservar la leche materna. No es opcional.
El lactario debe estar separado de los baños, con buena iluminación, sin ruido excesivo y con cerradura. Si tu empresa cumple el número mínimo de trabajadoras y no tiene lactario, puedes denunciarlo ante SUNAFIL. La ausencia de lactario no elimina el derecho a la hora de lactancia, pero sí es una infracción adicional.
¿Qué pasa si el empleador niega el permiso o lo descuenta del sueldo?
Negar la hora de lactancia es una infracción grave de las obligaciones laborales. Si tu empleador te la niega, la descuenta de tu sueldo o te registra tardanza por tomarla:
- Reclamo interno: escrito a RRHH citando la Ley 27240. Guarda el correo de respuesta, sea cual sea.
- Denuncia en SUNAFIL: online en gob.pe/sunafil o por la línea gratuita 0800-16872. El incumplimiento puede resultar en multa al empleador de hasta S/80,100 (50 UIT para pequeña empresa) o más para empresas más grandes.
- Demanda laboral: si el descuento de sueldo fue recurrente, puedes demandar la devolución de las horas descontadas con intereses legales.
Un dato importante: si el empleador te niega sistemáticamente el permiso de lactancia, ese comportamiento puede calificarse como un acto de hostilidad equiparable al despido indirecto, lo que te daría derecho a resolver el contrato con indemnización.
Preguntas frecuentes sobre la hora de lactancia
¿El padre también tiene derecho a la hora de lactancia?
No. La Ley 27240 regula específicamente la lactancia materna y otorga el derecho a la madre trabajadora. El padre no tiene derecho a este permiso bajo esa ley. Sin embargo, si la madre no trabaja o renuncia al permiso por alguna razón, hay debates doctrinarios sobre si el padre podría ejercerlo, pero no existe regulación expresa que lo permita.
Tengo contrato a plazo fijo. ¿El permiso aplica igual?
Sí. El permiso de lactancia aplica independientemente del tipo de contrato: indefinido, a plazo fijo, por obra o sujeto a modalidad. Lo que importa es el vínculo laboral vigente durante el período en que el hijo tiene menos de un año.
¿Puedo acumular los días de lactancia que no usé?
No. La hora de lactancia es un permiso diario que se usa o se pierde: no se acumula para tomar días completos libres. Tampoco puede convertirse en pago en efectivo. El beneficio existe para que puedas atender la lactancia durante la jornada, no como tiempo de descanso adicional negociable.
Adopté un bebé menor de un año. ¿Tengo derecho al permiso?
La ley no establece expresamente el caso de la adopción, pero la interpretación favorable al trabajador sugiere que sí aplica, especialmente si hay lactancia en curso. En la práctica, es recomendable solicitarlo formalmente y, si el empleador lo niega, consultar con SUNAFIL o un abogado laboral.
Este permiso complementa la licencia de maternidad y el subsidio por maternidad de EsSalud. El panorama completo de tus derechos está en la sección de derechos laborales.
