El divorcio municipal es el más barato que existe en Perú: desde S/130 en tasas municipales, sin necesidad de contratar un abogado. Lo regula la Ley 29227 y aplica cuando ambos cónyuges están de acuerdo y han pasado al menos dos años desde que se casaron por civil. Ojo con esto, porque es la confusión más extendida sobre este trámite: tener hijos menores no te deja fuera. La ley sí lo permite, siempre que la patria potestad, los alimentos, la tenencia y el régimen de visitas ya estén resueltos por sentencia firme o por acta de conciliación. Lo mismo con los bienes: si los hay, basta con haber liquidado el régimen patrimonial e inscribirlo.
Requisitos para el divorcio municipal
- Mutuo acuerdo: ambos cónyuges deben solicitarlo juntos.
- Que hayan transcurrido al menos dos años desde la celebración del matrimonio civil. Ojo: el plazo cuenta desde que se casaron, no desde que se separaron.
- Si hay hijos menores o hijos mayores con discapacidad: copia certificada de la sentencia judicial firme o del acta de conciliación sobre patria potestad, alimentos, tenencia y régimen de visitas. No es un impedimento, es un documento más.
- Si hay bienes de la sociedad de gananciales: escritura pública de separación de patrimonios inscrita en Registros Públicos. Si no los hay, declaración jurada con firma y huella de cada cónyuge.
- Acta de matrimonio civil original o certificada.
- DNI vigente de ambos.
Ojo con los bienes: si compraron un departamento o un vehículo durante el matrimonio y está inscrito en SUNARP, ese bien pertenece a la sociedad de gananciales y debe liquidarse antes o durante el trámite. Si no lo han liquidado, la municipalidad no puede tramitar el divorcio. Para esos casos, el divorcio notarial tiene más flexibilidad.
Paso a paso: el proceso en la municipalidad
- Ambos cónyuges van juntos al Área de Registro Civil de la municipalidad de su último domicilio conyugal.
- Solicitan el inicio del procedimiento de divorcio por mutuo acuerdo (Ley 29227) y presentan los documentos.
- El alcalde o funcionario designado notifica a ambas partes y fija fecha para la primera declaración.
- Hay un período de reflexión de dos meses desde la presentación. Si ambos siguen de acuerdo al término de ese plazo, el proceso continúa.
- Si en la segunda declaración confirman el divorcio, el alcalde o funcionario emite la resolución que disuelve el vínculo matrimonial.
- La resolución se inscribe en el Registro Civil y se comunica a RENIEC.
El plazo total, contando el período de reflexión y los tiempos administrativos, es de 2 a 4 meses. Si alguno de los dos no se presenta a alguna de las citas, el proceso queda suspendido.
Cuánto cuesta en diferentes municipalidades
La tasa varía según el distrito. Rangos referenciales 2026:
- Municipalidades de distritos populares (SJL, Villa El Salvador, Comas): S/130 a S/250.
- Municipalidades de distritos de clase media (Breña, Lince, Pueblo Libre): S/200 a S/350.
- Municipalidades de distritos altos (San Isidro, La Molina, Surco): S/300 a S/400.
A estos costos suma las copias del acta de matrimonio (S/5-15) y eventualmente el transporte. Sin abogado, el gasto total rara vez supera los S/400. Si contratan uno voluntariamente para que los oriente, el honorario suele ser de S/200 a S/400 adicionales.
Si uno de los dos cambia de opinión durante el proceso
El período de dos meses existe precisamente para eso. Si durante ese tiempo alguno de los cónyuges se arrepiente y ya no quiere el divorcio, puede manifestarlo y el proceso se suspende. No hay penalidad ni reembolso de la tasa pagada.
Si el arrepentimiento ocurre después de que el alcalde ya emitió la resolución, ya no hay marcha atrás por esta vía. Deberían iniciar un nuevo proceso de matrimonio si quieren reconstituir el vínculo.
Preguntas frecuentes
¿Pueden tramitarlo en cualquier municipalidad o solo en la de su domicilio?
La ley establece que deben tramitarlo en la municipalidad de su último domicilio conyugal. Si ya no conviven, algunos municipios aceptan el domicilio de cualquiera de los dos. Consulta directamente con el municipio antes de iniciar.
¿Se puede hacer el divorcio municipal si tienen una cuenta bancaria conjunta?
Una cuenta bancaria conjunta no es un bien inscrito en SUNARP, así que no bloquea el proceso. Lo que bloquea son los inmuebles y vehículos con inscripción registral. La cuenta bancaria la pueden cerrar o separar entre ustedes sin necesidad de un trámite notarial.
¿Pueden iniciar el proceso por separado o deben ir juntos siempre?
Deben presentar la solicitud juntos. No es posible que uno de los dos inicie el trámite solo en la municipalidad: la ley exige la comparecencia de ambos desde el inicio del proceso.
Qué resuelve el divorcio municipal (y qué no resuelve)
El divorcio municipal disuelve el vínculo matrimonial y puede liquidar la sociedad de gananciales si los cónyuges llegan a acuerdo. Eso es todo. Lo que no resuelve y que muchas parejas descubren tarde:
La tenencia y régimen de visitas de los hijos. Si tienen hijos menores de edad, la municipalidad no tiene competencia para determinar con quién viven ni el régimen de visitas del otro progenitor. Eso lo decide un juez de familia. Si los padres llegan a acuerdo voluntario, pueden homologarlo ante el juez sin necesidad de litigio, pero sí necesitan pasar por el juzgado.
La pensión alimenticia para los hijos. La municipalidad no puede fijar alimentos. Si el divorcio implica que un progenitor pagará pensión mensual para los hijos, eso se formaliza en el juzgado de paz letrado más cercano mediante un acta de conciliación extrajudicial o demanda de alimentos.
Las deudas conyugales. Si tienen créditos bancarios, préstamos hipotecarios o deudas en conjunto, el divorcio municipal no los separa automáticamente. Cada banco y entidad acreedora tiene sus propios procesos para reestructurar o separar responsabilidades. Conveniente resolverlo en paralelo al divorcio y no dejarlo pendiente.
Para comparar con las otras opciones disponibles, revisa la guía general de divorcio en Perú. Si tienen bienes inscritos en SUNARP, el divorcio notarial puede ser más adecuado para su caso.
