Muchos trabajadores en planilla no saben que EsSalud no solo cubre médicos y hospitales: también paga dinero en efectivo en situaciones específicas. Si te enfermas y el médico te da descanso, EsSalud paga tu sueldo. Si tienes un hijo, te paga 98 días de licencia. Si tu familiar fallece, hay un subsidio de sepelio. Estas son las prestaciones económicas, y muy pocos las reclaman por desconocimiento.
Los cuatro subsidios económicos de EsSalud
1. Subsidio por incapacidad temporal (descanso médico)
Cuando un médico de EsSalud certifica que no puedes trabajar por enfermedad o accidente, tienes derecho al subsidio por incapacidad temporal. El documento que acredita el descanso es el CITT (Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo).
- Quién paga: el empleador paga los primeros 20 días de descanso médico. A partir del día 21, EsSalud asume el subsidio.
- Monto: equivalente al promedio de tu remuneración de los últimos 3 meses.
- Duración máxima: hasta 11 meses y 10 días continuos por el mismo diagnóstico.
- Requisito: tener al menos 3 meses de aporte en los últimos 6 meses anteriores al inicio del descanso médico.
2. Subsidio por maternidad
La trabajadora gestante asegurada en EsSalud tiene derecho a 98 días de licencia pagada por maternidad:
- 49 días de descanso prenatal (antes del parto). Con autorización médica, pueden diferirse y usarse después del parto.
- 49 días de descanso postnatal (después del parto).
- +30 días adicionales en caso de parto múiltiple o niño nacido con discapacidad.
- Monto: equivalente al promedio de remuneración de los últimos 3 meses.
- Requisito: haber tenido vínculo laboral en el mes de la concepción y tenerlo al inicio del descanso.
- Cómo cobrar: presenta el Formulario N° 1040 en EsSalud junto con tu DNI. Plazo máximo: 6 meses desde el término del período postnatal.
3. Subsidio de lactancia
Por el nacimiento de cada hijo, EsSalud paga un subsidio único de S/820 destinado a apoyar la alimentación del bebé en los primeros meses. Lo puede cobrar la madre asegurada o el padre asegurado (si la madre no está asegurada).
- Requisito: ser asegurado activo al momento del nacimiento.
- Cómo cobrar: presenta la partida de nacimiento del bebé y tu DNI en cualquier agencia de EsSalud.
- Plazo: hasta 6 meses después del nacimiento.
4. Subsidio de sepelio
Por el fallecimiento del asegurado titular, EsSalud paga un subsidio de sepelio de hasta S/2,070 a quien haya sufragado los gastos del entierro.
- Requisito: el fallecido debe haber sido asegurado activo de EsSalud.
- Quién cobra: la persona que pagó los gastos del sepelio (no necesariamente un familiar directo), presentando las boletas o facturas de los gastos.
- Cómo tramitarlo: en cualquier agencia de EsSalud, con el acta de defunción, tu DNI y los comprobantes de gasto.
- Plazo: hasta 6 meses desde el fallecimiento.
¿Qué pasa si…?
¿Qué pasa si el empleador no quiere pagar los primeros 20 días de descanso médico? El empleador está obligado por ley. Si se niega, puedes denunciarlo ante SUNAFIL. Guarda el CITT como evidencia de que el descanso fue certificado.
¿Qué pasa si olvido cobrar el subsidio de lactancia después de 6 meses? Lamentablemente el subsidio prescribe. Trámite lo antes posible para no perder el beneficio.
Subsidio de maternidad: monto real y cómo calcularlo
El subsidio de maternidad de EsSalud equivale al promedio de tu remuneración de los últimos 12 meses, pagadero durante 98 días (49 antes y 49 después del parto, o 49 y 49 en otra distribución con acuerdo del empleador). Si la remuneración fue S/1,500 los últimos 12 meses, el subsidio es S/1,500 × 98 / 30 = S/4,900 en total.
Para los partos múltiples o con complicaciones que extiendan la incapacidad, el plazo puede ampliarse 30 días adicionales. El trámite lo hace tu médico de EsSalud al emitir el certificado de incapacidad, y el empleador solicita el reembolso a EsSalud. Tú recibes el pago de tu empleador mientras estás de licencia, y luego el empleador recupera ese monto de EsSalud.
Preguntas frecuentes
¿El subsidio de maternidad aplica a trabajadoras con contrato temporal? Sí, siempre que el contrato esté vigente en el mes de la concepción y al inicio del descanso. El tipo de contrato (fijo o indefinido) no es determinante.
¿El subsidio de lactancia es adicional a la gratificación de julio y diciembre? Sí. El subsidio de lactancia es independiente de las gratificaciones y otros beneficios laborales.
Documentos clave para cobrar cada subsidio
El subsidio por incapacidad temporal (descanso médico) requiere el certificado médico de incapacidad emitido por EsSalud (no vale el de una clínica privada), tus datos de afiliación y, en algunos casos, la constancia de empleador. El subsidio de maternidad requiere el certificado de maternidad EsSalud y la partida de nacimiento del recien nacido. El de lactancia requiere la partida de nacimiento del bebé y el DNI. El de sepelio requiere la partida de defunción y facturas del servicio funeral.
Error frecuente: no saber que el plazo de reclamo existe
Cada subsidio tiene un plazo para solicitarlo a partir del evento que lo genera. Para el subsidio por incapacidad, el médico emite el certificado con fecha retroactiva si es necesario, pero debes presentar el expediente a EsSalud dentro del plazo que establece la resolución interna (generalmente 30 a 60 días). Si dejas pasar el plazo, EsSalud puede negar el pago aunque el médico haya certificado la incapacidad. La previsión es clave: en cuanto tengas el certificado, inicia el trámite.
Para el subsidio específico de lactancia, revisa nuestra guía del subsidio de lactancia EsSalud 2026. En nuestra sección de salud y seguros tienes todas las guías organizadas.
