Una asociación sin fines de lucro es una organización que no busca generar ganancias para sus miembros, sino cumplir un propósito colectivo: educativo, cultural, deportivo, social, religioso, cívico o de cualquier naturaleza lícita. En Perú se constituyen ante SUNARP como personas jurídicas y tienen beneficios tributarios importantes si cumplen las condiciones de ley. Esta guía explica los pasos, documentos y exoneraciones disponibles en 2026.
Tipos de organizaciones sin fines de lucro en Perú
- Asociación: la más común. Agrupación voluntaria de personas con un fin común. Tiene socios, directiva y estatuto. No puede distribuir utilidades entre sus miembros.
- Fundación: creada por una o varias personas afectando un patrimonio al cumplimiento de un fin específico (artístico, científico, humanitario, etc.). Requiere el Consejo de Supervigilancia de Fundaciones del MINJUS.
- Comité: organización temporal para recaudar fondos con un propósito específico. La más simple pero limitada.
Documentos necesarios para constituir la asociación
- Acta de constitución: documento que registra la reunión fundacional, el acuerdo de crear la asociación, la aprobación del estatuto y la elección de la primera junta directiva. Debe ser firmada por todos los miembros fundadores.
- Estatuto: documento que define el nombre, domicilio, fines, estructura organizativa (junta directiva, asamblea de socios), requisitos para ser socio, forma de tomar decisiones y qué pasa si la asociación se disuelve. Es el documento más importante.
- Libro de actas: debe estar legalizado ante notario antes de su uso.
- Libro de registro de asociados: registro de los miembros, también legalizado ante notario.
- DNI del representante legal (presidente o gerente según el estatuto).
- Recibo de servicio público del domicilio de la asociación (luz, agua, teléfono).
Paso a paso: constitución ante SUNARP
- Paso 1: Redacta el estatuto y el acta de constitución con todos los socios fundadores (mínimo 2, aunque se recomienda más para mayor solidez institucional)
- Paso 2: Legaliza el libro de actas y el libro de registro de asociados ante cualquier notario
- Paso 3: Eleva el acta y el estatuto a escritura pública ante notario
- Paso 4: Presenta la escritura en la Oficina de Registros Públicos (SUNARP) para inscribir la asociación en el Registro de Personas Jurídicas. SUNARP inscribe y asigna número de partida registral.
- Paso 5: Con la constancia de inscripción, solicita el RUC en SUNAT (el representante legal activa el RUC a nombre de la asociación)
Beneficios tributarios de las asociaciones sin fines de lucro
Las asociaciones sin fines de lucro tienen dos exoneraciones importantes según el Art. 19 de la Ley del Impuesto a la Renta:
- Exoneración del Impuesto a la Renta: si los ingresos (cuotas de socios, donaciones, subvenciones) se destinan íntegramente a los fines de la asociación y no se distribuyen entre los miembros. Para acceder a esta exoneración, la asociación debe inscribirse en el Registro de Entidades Exoneradas de SUNAT.
- IGV: las donaciones que recibe la asociación no están gravadas con IGV. Sin embargo, si la asociación vende bienes o presta servicios (por ejemplo, cursos de capacitación pagados), esas actividades sí pueden estar afectas al IGV según el régimen tributario.
Registro en APCI: para ONGs con cooperación internacional
Si tu organización va a recibir fondos de cooperación internacional (embajadas, fundaciones extranjeras, organismos multilaterales), debe inscribirse en la APCI (Agencia Peruana de Cooperación Internacional) del Ministerio de Relaciones Exteriores. Es un requisito adicional al RUC y SUNARP, y permite que la organización gestione legalmente los fondos internacionales.
Diferencia entre asociación y empresa social
- Asociación sin fines de lucro: no puede distribuir excedentes entre miembros. Todo se reinvierte en los fines de la organización.
- Empresa con propósito social (SAC o SRL): puede tener propósitos sociales pero también generar y distribuir utilidades entre los socios. Algunas empresas de impacto social usan esta forma para atraer inversionistas.
Preguntas frecuentes
¿Una asociación puede contratar trabajadores y pagar sueldos?
Sí. Una asociación sin fines de lucro puede tener trabajadores en planilla, pagarles sueldos y cumplir con todas las obligaciones laborales (EsSalud, AFP/ONP, gratificaciones, CTS, etc.). La restricción es que los miembros de la asociación no pueden recibir distribución de utilidades en su calidad de socios, pero sí pueden recibir un sueldo si trabajan para la organización.
Para una empresa jurídica que sí distribuye ganancias, revisa constituir empresa en 24 horas 2026. Para la cooperativa como alternativa colectiva, visita cómo crear una cooperativa 2026.
