No todo lo que se vende en Perú paga el 18% del IGV. La Ley del IGV tiene dos apéndices —el Apéndice I para bienes y el Apéndice II para servicios— que listan operaciones específicamente exoneradas. La regla general es que los productos agrícolas frescos, los servicios de salud y los servicios educativos están exonerados. Pero hay una línea fina entre lo que está exonerado y lo que paga: una manzana fresca no paga IGV, pero la mermelada de manzana sí. Una consulta médica no paga IGV, pero los medicamentos sí (la mayoría). Entender esa línea puede marcar la diferencia entre cobrar de más o de menos a tus clientes.
Tres conceptos que no debes confundir: exonerado, inafecto y gravado
- Gravado (18%): la operación está dentro del ámbito del IGV y paga la tasa del 18%. Es el caso general.
- Exonerado: la operación está dentro del ámbito del IGV (podría gravarse) pero una norma temporal la exonera. Las exoneraciones de los Apéndices I y II tienen vencimiento; el Congreso las prorroga periódicamente. Actualmente están prorrogadas hasta el 2028.
- Inafecto: la operación está fuera del ámbito del IGV por su propia naturaleza jurídica (por ejemplo, exportaciones, transferencias de créditos). No paga IGV de forma permanente, no por exoneración temporal.
Apéndice I: bienes cuya venta o importación está exonerada
Los bienes del Apéndice I abarcan principalmente productos primarios de la cadena alimentaria y algunos insumos productivos:
Productos agrícolas y pecuarios frescos
- Frutas frescas (plátano, mango, manzana, naranja, etc.) en estado natural, sin procesar
- Verduras y hortalizas frescas (papa, cebolla, ajo, tomate, zanahoria)
- Cereales en grano: maíz, trigo, cebada, quinua, kiwicha (sin transformar)
- Leguminosas secas: frejol, lenteja, arveja, garbanzo
- Huevos de gallina y otras aves
- Leche cruda (sin pasteurizar) y leche fresca
- Carne de vacuno, ovino, porcino, aves en estado fresco o refrigerado (no procesado)
La línea del procesamiento
El principio es claro: el producto en estado natural está exonerado; el producto transformado o procesado paga IGV. Ejemplos:
- Naranja fresca → Exonerada / Jugo de naranja envasado → Gravado (18%)
- Leche cruda → Exonerada / Leche evaporada en lata → Gravada (18%)
- Pollo fresco entero → Exonerado / Pollo broaster / hamburguesa de pollo → Gravado
- Trigo en grano → Exonerado / Harina de trigo → Gravada / Pan → Gravado
Otros bienes del Apéndice I
- Insumos agrícolas: semillas certificadas, abonos orgánicos, pesticidas y fungicidas para uso agrícola (con algunas excepciones)
- Medicamentos y productos farmacéuticos: algunos fármacos específicos (vacunas, anticonceptivos, ciertos medicamentos oncológicos) figuran en el apéndice
- Oro para uso no monetario: destinado a joyeria y uso industrial
- Embarcaciones artesanales: para pesca artesanal
Apéndice II: servicios exonerados del IGV
Servicios de salud
Las prestaciones de salud médica están exoneradas del IGV. Eso incluye:
- Consultas médicas y de especialistas
- Intervenciones quirúrgicas
- Hospitalización e internamiento
- Análisis clínicos y de laboratorio
- Servicios de radiológica (rayos X, tomografía, resonancia)
- Servicios de psicología y psiquiatría
- Servicios de odontología
Pero los medicamentos que compras en farmacia, incluso recetados, generalmente pagan IGV (salvo los listados específicamente en el Apéndice I). La exoneración es para el servicio de salud, no para el producto farmacéutico en sí.
Servicios educativos
Todos los niveles de educación están exonerados:
- Matrículas y pensiones de colegios (públicos y privados)
- Matrículas y pensiones de institutos técnicos y superiores
- Matrículas y pensiones universitarias (incluyendo maestrías y doctorados)
- Materiales educativos entregados por los propios centros educativos
Servicios financieros y de seguros
- Intereses generados por préstamos otorgados por bancos y financieras
- Primas de seguros de vida y seguros de salud
- Servicios de COFIDE (Corporación Financiera de Desarrollo) al sector productivo
Espectáculos culturales y deportivos
Los espectáculos en vivo de carácter cultural no pagan IGV: conciertos de música clásica, obras de teatro, exposiciones de arte, eventos de danzas folklóricas. Los conciertos de música popular y eventos deportivos sí están gravados.
Cómo verificar si tu operación específica está exonerada
La lista completa está en los Apéndices I y II del TUO de la Ley del IGV (D.S. 055-99-EF) disponibles en sunat.gob.pe. Si tienes dudas sobre una operación específica, puedes consultar al orientador de SUNAT o presentar una consulta institucional. No todas las listas de la internet están actualizadas, así que siempre verifica en la fuente oficial.
Consecuencia de cobrar IGV en operación exonerada
Si cobras el 18% de IGV por una operación que está exonerada, el IGV cobrado es inválido: el comprador no puede usarlo como crédito fiscal y tú debes devolvérselo. Además, emitir un comprobante con IGV sobre una operación exonerada puede considerarse una infracción tributaria. Conocer el apéndice correspondiente a tu actividad es parte de la obligación tributaria básica.
Para la tasa general del IGV y cómo funciona, visita IGV en Perú 2026. El portal completo de trámites está en trámites SUNAT.
