Contrataste a tu primer trabajador en planilla. Ahora tienes una obligación mensual nueva: declarar sus datos y contribuciones en SUNAT a través de la Planilla Electrónica. Este sistema tiene dos componentes inseparables: el T-Registro (donde registras los datos de cada trabajador) y la PLAME (donde declaras mensualmente los sueldos, aportes y retenciones). Sin el T-Registro actualizado, no puedes presentar la PLAME. Sin la PLAME, los trabajadores no quedan formalmente cubiertos por EsSalud. Esta guía explica el proceso completo para empleadores que empiezan o que necesitan actualizar su manejo del sistema.
El T-Registro: la base de datos de tus trabajadores
El T-Registro es el catálogo maestro de empleados. Antes de presentar cualquier PLAME, cada trabajador debe estar registrado allí con sus datos completos. Lo que debes registrar en el T-Registro:
- Datos personales del trabajador: DNI, nombres, fecha de nacimiento
- Tipo de relación: trabajador dependiente, pensionista, prestador de servicios (4ta categoría retenida)
- Fecha de inicio y fin del vínculo laboral
- Tipo de jornada: tiempo completo, tiempo parcial, intermitente
- Remuneración mensual básica
- Régimen previsional: AFP o ONP
- Código de ocupación
- Centro de costo (si aplica)
El T-Registro se gestiona directamente en el portal SOL de SUNAT, en la sección «Mis Declaraciones y Pagos». No se descarga ninguna aplicación: es completamente online. Debes actualizar el T-Registro cada vez que haya un cambio: ingreso de un nuevo trabajador, variación de sueldo, cese, cambio de régimen previsional.
La PLAME: la declaración mensual de planilla
La PLAME (Planilla Mensual de Pagos) se presenta mensualmente con los datos del período anterior. En ella declaras por cada trabajador:
- Remuneración bruta del mes: sueldo básico, horas extra, asignación familiar, comisiones
- Días y horas trabajadas: para cálculos proporcionales de EsSalud y contribuciones
- Aportes a EsSalud: 9% de la remuneración, a cargo del empleador
- Aportes al sistema previsional: 13% ONP o el porcentaje AFP correspondiente, retenido del trabajador
- Retención de renta de quinta categoría: según el cálculo mensual
- Otros descuentos autorizados: préstamos, seguros voluntarios, cuota sindical si aplica
PDT PLAME v4.6 vs PLAME Web: cuál usar
Desde enero de 2026 rige el PDT PLAME versión 4.6 (Resolución de Superintendencia N° 000016-2026/SUNAT). Tienes dos formas de presentar la PLAME:
- PDT PLAME v4.6 (software descargable): para empleadores con más de 10 trabajadores o que prefieren el sistema de escritorio. Descarga el programa desde SUNAT, registra los datos, valida y exporta el archivo para subirlo al portal SOL.
- PLAME Web (100% online): para empleadores con hasta 10 trabajadores. Se accede directamente desde el portal SOL sin instalar nada. Importa los datos del T-Registro y puedes completar la declaración mes a mes sin software adicional. Es la opción más sencilla para pequeñas empresas.
Paso a paso: cómo presentar la PLAME Web
- Paso 1: Ingresa al portal SOL con tu RUC y Clave SOL
- Paso 2: Verifica que todos tus trabajadores estén registrados y actualizados en el T-Registro antes de continuar
- Paso 3: En «Mis Declaraciones y Pagos», selecciona PLAME Web y el período a declarar (el mes anterior)
- Paso 4: Importa los datos del T-Registro. El sistema trae automáticamente los datos básicos de cada trabajador
- Paso 5: Completa para cada trabajador: remuneración del mes, días trabajados, horas extra, otros conceptos variables
- Paso 6: El sistema calcula automáticamente EsSalud, AFP/ONP, renta de quinta y el total a pagar
- Paso 7: Revisa el resumen, envía y paga (o genera NPS para pagar en banco)
Fechas de vencimiento de la PLAME
El vencimiento de la PLAME sigue el mismo cronograma mensual de SUNAT que el Formulario 621: se determina por el último dígito del RUC del empleador. Generalmente vence entre el día 14 y 24 del mes siguiente al período declarado. La PLAME de enero vence en febrero, la de febrero en marzo, etc.
Si presentas la PLAME fuera del plazo, se genera una multa por declaración tardía (reducible con el régimen de gradualidad) y los trabajadores pueden perder la acreditación de EsSalud por ese mes.
Registrar bajas: cómo dar de baja a un trabajador
Cuando un trabajador cesa, primero debes registrar su baja en el T-Registro con la fecha exacta de cese. Luego, en la PLAME del mes en que cesó, aparece automáticamente como “cessado” y el sistema calcula sus aportes y retenciones proporcionales a los días trabajados ese mes. Paralelamente, debes pagarle la liquidación de beneficios sociales dentro de las 48 horas del cese.
Preguntas frecuentes
¿Puedo presentar la PLAME aunque no tenga trabajadores ese mes?
Si tuviste trabajadores activos en el mes, la PLAME es obligatoria. Si no tuviste ninguno (todos cesaron o es una empresa que aún no tiene empleados), no hay obligación de presentar la PLAME. Pero si tenías trabajadores y no presentas, SUNAT puede considerarte con obligación no cumplida.
¿Qué pasa si declaré el sueldo equivocado en la PLAME?
Debes presentar una PLAME rectificatoria para el mismo período. Si el error resultó en menos aportes a EsSalud o menos retenciones del trabajador, debes pagar la diferencia con los intereses moratorios correspondientes.
Para el cronograma de vencimientos de la PLAME, revisa el cronograma SUNAT 2026. Toda la información sobre derechos laborales de los trabajadores está en derechos laborales.
