Contrato de Locación de Servicios en Perú 2026: Recibo por Honorarios vs Planilla

Llevas dos años trabajando para la misma empresa con recibo por honorarios: vas todos los días a la misma oficina, en el mismo horario, usando la computadora de ellos, y tu jefe te da instrucciones cada mañana. Eso no es una locación de servicios real. Es una relación laboral encubierta, y tienes derecho retroactivo a CTS, gratificaciones, vacaciones y EsSalud desde el primer día. El problema es que muchos trabajadores no saben distinguir cuándo su situación es lícita y cuándo están siendo perjudicados.

Qué es la locación de servicios

La locación de servicios es un contrato de naturaleza civil regulado en los artículos 1764 al 1770 del Código Civil. En ella, el locador (quien presta el servicio) se obliga a realizar un trabajo o una obra para el comitente (quien lo contrata), sin que exista relación de dependencia entre ellos. El locador cobra mediante recibos por honorarios electrónicos, emite sus propios comprobantes y tiene la retención del 8% del Impuesto a la Renta de cuarta categoría.

Al no haber relación laboral, la locación de servicios en principio no genera: CTS, gratificaciones, vacaciones remuneradas, asignación familiar, EsSalud (a cargo del comitente), seguro de vida ley ni indemnización por despido arbitrario. El locador es un proveedor civil, no un trabajador.

Diferencias prácticas entre honorarios y planilla

AspectoLocación de servicios (honorarios)Contrato laboral (planilla)
ComprobanteRecibo por honorarios electrónicoBoleta de pago mensual
ImpuestoIR 4ta categoría (retención 8%)IR 5ta categoría (retención escalada)
EsSaludNo (lo asume el propio locador)Sí (9% a cargo del empleador)
CTSNo
GratificacionesNo
VacacionesNo (salvo pacto)Sí (30 días)
Indemnización despidoNo (se puede resolver el contrato libremente)Sí si hay despido arbitrario
SubordinaciónNo (trabaja con autonomía)Sí (recibe órdenes del empleador)

Los tres elementos que convierten los honorarios en relación laboral

La jurisprudencia laboral y el SUNAFIL aplican el principio de primacía de la realidad: lo que importa no es cómo está rotulado el contrato, sino cómo funciona en la práctica. Si se configuran los tres elementos de la relación laboral, hay vnculo laboral sin importar lo que diga el papel:

  • Prestación personal: la persona trabaja ella misma, no delega ni subcontrata. Si la empresa exige que seas tú quien realice el servicio (no puedes enviar a otra persona), hay indicio de relación laboral.
  • Remuneración: recibes un pago periódico fijo, no variable según resultado o entregable. Si cobras lo mismo cada mes independientemente del trabajo que hagas, se parece más a un sueldo que a honorarios por proyecto.
  • Subordinación: cumples horario fijo, recibes instrucciones directas de un jefe, usas los equipos de la empresa y tienes presencia física obligatoria. Este es el elemento más determinante: si hay subordinación real, hay relación laboral.

Cuando los tres elementos se dan simultáneamente, el contrato civil de locación se desnaturaliza y debe reconocerse una relación laboral desde el inicio.

Cómo probar que tu situación es una relación laboral encubierta

La prueba más poderosa es la evidencia de subordinación. Documenta:

  • Correos en los que tu «jefe» te da instrucciones directas sobre cómo y cuándo realizar el trabajo
  • Registros de asistencia o de ingreso al sistema informatico de la empresa
  • Fotos del puesto físico asignado dentro de las instalaciones de la empresa
  • Comunicaciones que demuestren horario fijo (reuniones obligatorias, check-in diario)
  • Uso de correo corporativo, laptop o teléfono de la empresa

Con esa evidencia puedes presentar una denuncia ante SUNAFIL (inspección de trabajo) o demandar directamente ante el juzgado laboral el reconocimiento del vínculo laboral y el pago retroactivo de beneficios.

Qué cobras si se reconoce el vínculo laboral

Si el juzgado reconoce la relación laboral desde el inicio del vínculo, la empresa debe pagarte retroactivamente:

  • CTS acumulada: calculada desde el inicio sobre el sueldo que efectivamente percibías, con los intereses legales desde que cada depósito debía haberse hecho.
  • Gratificaciones de julio y diciembre: de todos los años del vínculo, con la bonificación extraordinaria del 9% y los intereses correspondientes.
  • Vacaciones no gozadas: el equivalente en dinero de los períodos de vacaciones que nunca te concedieron.
  • EsSalud retroactivo: el 9% de aportes que el empleador debía haber hecho cada mes. Esto puede regularse ante la SUNAT.
  • Indemnización por despido arbitrario: si la empresa te dejó de contratar al enterarse de tu reclamo o demanda.

En la práctica, estos montos pueden ser muy significativos. Una persona que trabajó 3 años con honorarios a S/3,000 mensuales acumula aproximadamente S/18,000 en CTS, S/9,000 en gratificaciones y unos S/3,240 en EsSalud que la empresa no depositó, sin contar intereses.

¿Qué pasa si la empresa decide no renovarte el contrato al reclamar?

Si la empresa te deja de contratar porque ejerciste tu derecho de reclamar el reconocimiento del vínculo laboral, ese cese puede calificarse como despido fraudulento o despido incausado (según el Tribunal Constitucional). En ese caso tienes derecho a reposición o indemnización especial, además de todos los beneficios retroactivos. La acción de amparo y la demanda laboral ordinaria son las vías para ejercerlo.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar aunque firmara el contrato de locación voluntariamente?

Sí. El principio de primacía de la realidad prevalece sobre la forma del contrato. Si en los hechos existía subordinación, el contrato civil firmado no te impide reclamar los derechos laborales. Los derechos laborales son irrenunciables: no puedes pactar válidamente renunciar a ellos con antelación.

¿La locación de servicios puede ser legítima?

Sí, cuando hay autonomía real. Un abogado que asesora a una empresa puntualmente desde su propio estudio, con sus propios recursos, varios clientes y sin horario fijo, sí puede cobrar por honorarios de forma legítima. El problema está cuando la empresa usa ese esquema para personas que en realidad trabajan como empleados.


Para entender los supuestos específicos de desnaturalización de contratos a plazo fijo, revisa la guía de desnaturalización de contrato. El panorama completo está en la sección de derechos laborales.

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